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Objeto
Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) (comúnmente conocida como contribución) a los bienes inmuebles en los que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Descuento aplicable
El 5% de la cuota del impuesto.
Duración
Indeterminada.
Requisitos
Las instalaciones deberán disponer de la correspondiente homologación por la Administración competente.