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Plan de Recuperación de Canarias

1º Convocatoria hidrógeno renovable: Programa de incentivos 1

Primera convocatoria de subvención del “Programa de incentivos 1: capacidades, avances tecnológicos e implantación de líneas de ensayo y/o fabricación”, incluido en los programas de incentivos a la cadena de valor innovadora y de conocimiento del hidrógeno renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a las personas beneficiarias de las ayudas del programa de incentivos de capacidades, avances tecnológicos e implantación de líneas de ensayo y/o fabricación, incluidos en los programas de incentivos a la cadena de valor innovadora y de conocimiento del hidrógeno renovable.

Entidades beneficiarias

  • Las empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales, según lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Consorcios o Agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. Deberán contar con al menos una PYME participante en la solicitud de la ayuda. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, deberá cumplirse con lo establecido por el artículo 67 del Real Decreto-Ley 36/ 2020, de 30 de diciembre. En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, uno de los participantes actuará como coordinador o representante de la misma.
  • El sector público institucional de cualquier Administración pública, al que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia. En el caso de los consorcios a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, deberá acreditarse el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 68 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal, así como centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, válidamente en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros

Subprogramas

Programa 1: Capacidades, avances tecnológicos e implantación de líneas de ensayo y/o fabricación, el cual se divide en los siguientes subprogramas:

  • Subprograma 1-a): centros de fabricación de equipos relacionados con la cadena de valor del hidrógeno renovable. En particular se apoyarían las  instalaciones y equipos de fabricación de otros equipos/componentes sistemas asociados con: 
    • La producción de hidrógeno renovable mediante electrólisis.
    • El acondicionamiento, transporte y distribución de hidrógeno de manera dedicada, en forma comprimida u otra.
    • Pilas de combustible de hidrógeno, estacionarias o embarcadas, en particular para la movilidad pesada (tierra, mar/río, ferrocarril).
    • Componentes y sistemas para la combustión directa de hidrógeno. 
  • Subprograma 1-b): mejora de las capacidades vinculadas a la I+D+i: enfocado            a las instalaciones de ensayo de componentes, sistemas y equipos auxiliares relacionados con el entorno de producción, distribución y uso del hidrógeno renovable y, las instalaciones relacionadas con ensayos y validación de sistemas de compresión, almacenamiento y dispensado de hidrógeno en hidrogeneras o estaciones de distribución, entre otros. 

Puedes consultar las actuaciones incentivables según subprograma, en el anexo I de la Resolución del 18 de febrero del 2022.

El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será de 36 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución definitiva favorable de concesión de ayuda de la convocatoria, según establece la disposición decimosexta de la Resolución del 18 de febrero del 2022.

Cuantías de las ayudas

Importe total de la convocatoria: 30.000.000 €, la cual se distribuye entre los subprogramas de la siguiente forma:

  • Subprograma 1-a): 20.000.000€.  
  • Subprograma 1-b): 10.000.000€.

Puedes consultar más información en la disposición quinta de la Resolución de 18 de febrero de 2022.

Además, puedes consultar los conceptos de gasto, los costes subvencionables, costes de referencia y cuantías máximas de las ayudas, en el anexo III de la Resolución de 18 de febrero de 2022.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 8 de abril hasta el 7 de junio de 2022 a las 24.00h, de forma telemática en la sede electrónica, a través del procedimiento habilitado por el IDAE para tal fin, que puede encontrar aquí

Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar el trámite. Para más información, el IDAE pone a disposición una Guía de usuario para presentación de expedientes

Para incidencias informáticas relacionadas con la  solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.H2cadenadevalor@idae.es.

Documentación a presentar para la solicitud

Documentación de carácter general: 

  • Solicitud (a través de la sede electrónica).
  • DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica, que acredite la identidad de la persona o entidad solicitante de la subvención.
  • Aceptación de las Bases reguladoras y las Disposiciones de la Convocatoria. 
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario/a, según modelo
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según modelo
  • Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI), según modelo.
  • Declaración responsable del cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio DNSH), según modelo, y cuestionario de autoevaluación según modelo. Para más información puede consultar la Guía de principios DNSH.  
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias o la declaración de consentimiento para la obtención de certificaciones acreditativas, según modelo.
  • Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer, según modelo.
  • Plan Estratégico, según modelo.
  • Ficha de solicitud de información financiera del proyecto, según modelos para cada subprograma (1-a y 1-b).

Documentación adicional en el caso de: 

Personas jurídicas, públicas o privadas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica

  • Documento acreditativo de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes (escritura pública, poder notarial, apud acta, etc.).
  • En caso de disponer de personalidad jurídica propia, deberá presentarse la escritura pública de constitución, que contendrá como mínimo denominación, objeto, domicilio social, duración, socios y porcentajes de participación, designación de gerente único, así como la constancia de la responsabilidad solidaria y limitada a la completa ejecución del proyecto objeto de subvención, de cada uno de los socios. Igualmente, se presentará el certificado de inscripción en el registro correspondiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en lugar del certificado en el registro mercantil.

Consorcios o agrupaciones, sin personalidad jurídica propia

  • Documento de colaboración o instrumento análogo formalizado por representante.

Sector público

  • Declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una comunidad autónoma o a una entidad local. (Solo obligatorio si el tipo de beneficiario es sector público).

Empresas

  • Fotocopia del Certificado del Registro Mercantil o, en su defecto, poder notarial. En cualquiera de los casos, deberá aparecer el firmante de la solicitud de la ayuda como representante de la empresa.  
  • Tarjeta de identificación fiscal (NIF).  
  • Documentación que acredite la inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AET.  
  • Declaración que acredite el tipo y categoría de la empresa, según modelo
  • Si el solicitante realiza actividad económica , que no se encuentra en situación de crisis , según lo establecido por la Comunicación de la Comisión 2014/C 249/1. de 31 de Julio de 2014 sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

Documentos de interés

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como de cualquier entidad, empresa u organismo público, puede dirigirse al IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), quien dispone del Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energía Renovables (SICER), con el que puedes contactar a través de los siguientes canales: 

Para consultas sobre las bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a: solicitudes.H2cadenadevalor@idae.es

  • Oficinas Verdes de Canarias, una red de delegaciones creadas por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, con las que podrá contactar a través de los siguientes canales: