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Plan de Recuperación de Canarias

Eficiencia energética y economía circular en alojamientos turísticos

Subvenciones para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular de establecimientos que realicen la actividad de alojamiento turístico ubicados en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de no concurrencia competitiva, actuaciones de reforma de edificios existentes destinados a alojamiento turístico, con las que se consiga una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partida.

Personas y entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias, siempre que tengan su residencia fiscal en España:

  • Personas, físicas o jurídicas, de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico. 
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico.

NOTA: Las persona y entidades solicitantes deberán cumplir en la fecha de presentación de la solicitud y hasta la liquidación total de la subvención, los requisitos recogidos en el apartado 3.2 de la  base tercera de las bases reguladoras.

Para más información sobre las personas y entidades beneficiarias y sobre sus obligaciones, consulta la  base tercera y la base cuarta de las bases reguladoras.

Actuaciones subvencionables

Tendrán que realizarse necesariamente en edificios o complejos de edificios destinados a alojamiento turístico construidos con anterioridad al 1 de enero del año 2007, bien en la modalidad hotelera (Hotel, Hotel urbano, Hotel emblemático y Hotel rural) o en la modalidad extrahotelera (Apartamento, Villa, Casa emblemática, Casa rural y Vivienda vacacional). Sobre estos establecimientos existen dos opciones:

  • Opción A: actuaciones en edificios completos cuyo uso sea el alojamiento turístico.
  • Opción B: actuaciones sobre un establecimiento de alojamiento turístico que ocupe parcialmente un edificio.

Tipologías y subtipologias subvencionables:

  • Tipología de actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Tipología de actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
  • Subtipologias 2.1 Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
  • Subtipologia 2.2 Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
  • Subtipologia 2.3 Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • Subtipologia 2.4 Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación.
  • Subtipologia 2.5 Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
  • Tipología de actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Consulta la información sobre las características técnicas de las actuaciones en el anexo II de las bases.

NOTA: Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, no considerándose elegible ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad, sin perjuicio de los costes correspondientes a actuaciones preparatorias que sean necesarios para presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones (proyecto, memorias técnicas, certificados, etc.) siempre que se hubieran iniciado con fecha posterior a 1 de enero de 2021. Notificada la resolución de concesión al beneficiario, éste dispondrá de un plazo máximo de doce meses para la conclusión de las actuaciones.

Para más información sobre las actuaciones subvencionables y sus requisitos, consulta la base quinta de las bases reguladoras.

Cuantías y costes subvencionables

  • Importe total de la convocatoria: 15.938.265€

Para más información sobre la cuantía de las ayudas y los gastos subvencionables consulta la base septima, el anexo III y la base octava de las bases reguladoras.

Plazo y presentación de solicitud

Hasta el 31 de diciembre del 2024, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente, a través del procedimiento 7687 habilitado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, al cual puede acceder pinchando aquí.

Para más información sobre el plazo y la presentación de solicitudes, consulta la base duodécima de las bases reguladoras.

Documentación a presentar para la solicitud


Documentación administrativa de carácter general
:

  • Formulario de solicitud, debidamente cumplimente y firmado a través del procedimiento 7687 habilitado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, al cual puede acceder pinchando aquí. Además, a través de este procedimiento podrá cumplimentar y presentar los siguientes documentos: 
  • Anexo VI Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
  • Anexo VII Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
  • Anexo VIII Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH.
  • Anexo IX Declaración de compromiso en relación con los principios. transversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
  • Anexo X Autorización para el acceso de las entidades de control financiero de la Unión Europea.
  • Alta de terceros en el Sistema de información económico- financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias. Puede solicitar el alta o la modificación de la misma, según el caso, de manera telemática accediendo a través de este enlace.
  • Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado, con fecha de elaboración posterior a 29 de marzo de 2022.

En el caso de que se solicite la subvención por los costes de gestión de solicitud de la ayuda generados por una empresa o profesional por la gestión administrativa ante la Comunidad Autónoma, presentar:

  • Copia del documento u oferta vinculante contractual formalizada con dicho empresario o profesional, con los límites de importe y porcentaje indicados en la base séptima apartado 3.

En caso de que en la solicitud SE OPONGA o NO AUTORICE a la consulta de datos por parte de esta Administración, deberán presentar:

  • Copia del DNI/NIE de la persona que represente al solicitante, así como acreditación del poder de representación que ejerza. 
  • Certificado de inscripción en el registro general turístico.
  • Copia de documentos que acrediten la propiedad del edificio por parte del propietario solicitante de la actuación, pudiendo aportarse: 
  • Certificado catastral electrónico que acredite la titularidad del edificio.
  • Certificado o nota simple del registro de la propiedad. 
  • Documento/s acreditativo/s del hecho, acto o negocio jurídico que demuestre la adquisición del inmueble. Dicho documento puede ser de naturaleza pública (escritura pública) o privada, siempre y cuando conste fehacientemente la realidad de su fecha, en los términos establecidos en el artículo 1227 del Código Civil; de los intervinientes en el acto; y la concurrencia de todos los requisitos que refiere el artículo 1261 del Código Civil.
  • Certificación descriptiva y gráfica de datos catastrales del inmueble en el que se van a llevar a cabo las actuaciones que acredite el uso turístico del mismo y su año de construcción, que debe ser anterior a 2007.
  • Copia de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la fecha de la solicitud.
  • Alta en el Impuesto sobre actividades económicas indicando el epígrafe correspondiente, y aportación del último recibo de pago.
  • Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la seguridad social. 
  • Certificados de hallarse al corriente frente a las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, a efectos de obtener una subvención o ayuda de las Administraciones Públicas.
  • Certificados de hallarse al corriente frente a las obligaciones con la Agencia Tributaria Canaria, a efectos de obtener una subvención o ayuda de las Administraciones Públicas.

Documentación administrativa adicional según solicitante:

En el caso de que la solicitud se presente mediante representante

  • Poder de representación legal. En caso de no tratarse de representante legal, poder notarial que acredite la capacidad de obrar en nombre del solicitante para la solicitud de estas ayudas.

En el caso de que el solicitante de la actuación no sea el propietario:

  • Documentación o contrato que acredite la facultad expresa para poder ejecutar las obras correspondientes a la actuación objeto de ayuda (contrato de arrendamiento, de explotación, etc.).

En el caso de establecimientos encuadrados en la opción B (actuaciones parciales sobre inmuebles):

  • Se deberá acreditar que el beneficiario cuenta con título legítimo para la realización de las actuaciones seleccionados según tipología y que ha comunicado a la Comunidad de propietarios correspondiente la ejecución de las mismas, en su caso.

En el caso de comunidades de personas propietarias, titulares de explotación turística:

  • Copia del NIF de la comunidad de personas propietarias o agrupación de comunidades de personas propietarias.
  • Certificados firmados por la persona secretaria o administradora y con el visto bueno de la persona presidente en lo que se refleje lo siguiente:
  • Aprobación de la designación de la persona presidente y administrador/a o secretario/a.
  • Relación de personas comuneras con indicación de las cuotas de participación y número total de viviendas que integran el edificio.
  • Acuerdo de la junta de personas propietarias, en el que se apruebe la realización de las obras necesarias para la rehabilitación energética del edificio.

En el caso de agrupaciones de empresas propietarias y/o explotadoras en su conjunto del edificio:

  • Copia del NIF de cada una de las personas jurídicas propietarias.
  • Acuerdo de reunión en el que se apruebe ejecución de las actuaciones y se designe a una de las personas jurídicas como representante a efectos del trámite.
  • Relación con indicación del número de registro de entrada de cada una de las solicitudes presentadas por las empresas agrupadas e importe total solicitado.

En el caso de empresas explotadoras:

  • Título legítimo para la realización de las actuaciones seleccionadas según tipología.
  • Comunicación a la comunidad de propietarios correspondientes de la ejecución de las obras, en su caso.
  • Copia del justificante de pago del último recibo correspondiente (IAE).

Documentación técnica:

  • Certificados de eficiencia energética del edificio existente:
  • Uno del estado actual (previo a la actuación), registrado en el registro del órgano competente de la comunidad o ciudad autónoma.
  • Uno del estado que se alcanzará tras la reforma propuesta, en el que se demuestre que el proyecto logrará un salto de al menos una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), y un ahorro mínimo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la calificación energética inicial del edificio.  

NOTA: En ambos casos, los certificados deberán realizarse según el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio,  (en el caso del certificado del estado previo a la actuación, según establece el artículo 6 del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios de este RD)  y deberán estar firmados por un/a técnico/a competente. 

  • Proyecto o memoria técnica (en el caso de que no se requiera proyecto), suscrita por técnico/a o instalador/a competente, donde se describan adecuadamente las actuaciones a realizar, la situación de partida y se justifique el cumplimiento de las exigencias básicas del Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE del Código Técnico de la Edificación que sea de aplicación a la tipología para la que se solicita ayuda.

Documentación técnica adicional, según los siguientes casos:

En el caso de edificios no certificables

  • Memoria justificativa donde se indique que se alcanza al menos una reducción del consumo de energía final de un treinta por ciento.

En el caso de que las actuaciones se incluyan en la Subtipología 2.3 “Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas”, además deberán presentar:

  • Declaración de que todos los combustibles que se van a utilizar tienen un valor por defecto de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero del 80% o superior según los indicados para producción de calor establecidos en el Anexo VI de la Directiva 2018/2001/ UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018. 
  • Memoria firmada por un/a técnico/a competente independiente donde, para las condiciones previstas para el proyecto y de acuerdo con la metodología del citado Anexo VI, se justifique que para dicho combustible la reducción de gases de efecto invernadero es igual o superior al 80%, en el caso de que alguno de los combustibles a utilizar no cumpla con el requisito anterior.

En el caso de actuaciones que incluyan aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW, además deberán presentar:

  • Información sobre el combustible a utilizar según la norma UNE-EN-ISO 17225, la norma UNE 164003 o la norma UNE 164004.
  • La acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar, que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor [según corresponda Reglamento (UE) 2015/1185 de la Comisión o Reglamento (UE) 2015/1189, de la Comisión].

En el caso de actuaciones que incluyan aparatos de calefacción local o calderas iguales o mayores de 1 MW, además deberán presentar:

  • La información sobre el combustible a utilizar según la norma UNE-EN-ISO 17225, la norma UNE 164003 o la norma UNE 164004 o describirse en el caso de no ser un combustible incluido en dichas normas.

En el caso de actuaciones con equipos con bomba de calor, además deberán presentar algunos de los siguientes documentos:

  • Ficha técnica o etiqueta energética de la bomba de calor donde aparezcan los rendimientos medios estacionales. 
  • Certificado EUROVENT o similar.
  • Informe suscrito por técnico/a competente, pudiendo usarse el documento reconocido del RITE: “Prestaciones Medias Estacionales de las bombas de calor para producción de calor en edificios”.

Para más información sobre la documentación a presentar para la solicitud, consulta la base decimotercera, decimocuarta y el anexo IV de las bases reguladoras.

Documentos de interés

Accede a información más detallada a través de los siguientes enlaces:

Contacto

Para cualquier duda sobre las bases o sobre la tramitación de solicitudes puede contactar directamente con la Consejería de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias pinchando aquí.

IMPORTANTE: Para que la consulta llegue al departamento correspondiente recuerde indicar en el apartado “procedimiento” el trámite 7687.