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Plan de Recuperación de Canarias

Convocatoria municipios transporte urbano

Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, actuaciones que pretendan conseguir una mejora de la calidad del aire y reducción del ruido en los entornos urbanos, el impulso de la descarbonización de la movilidad urbana a través de diferentes medidas dirigidas al propio tejido de la ciudad y sus infraestructuras, así como a la potenciación y optimización del transporte urbano y metropolitano.

Entidades beneficiarias

  1. Municipios que sean capitales de provincia.
  2. Municipios de más de 50 000 habitantes, según las últimas cifras de población declaradas oficiales por el Gobierno.
  3. Municipios de más de 20 000 habitantes, según las últimas cifras de población declaradas oficiales por el Gobierno, en los que dispongan de un servicio de transporte público colectivo urbano interior, y dispongan de un Plan de Movilidad Sostenible vigente y aprobado en la fecha de presentación de su solicitud.
  4. Entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que tengan atribuidas competencias en materia de transporte público urbano colectivo, siempre que todos o parte de los municipios agrupados sean municipios incluidos en los puntos 1), 2) o 3).
  5. Agrupaciones de municipios que se constituyan conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y al artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre; siempre que todos los miembros de la Agrupación sean municipios incluidos en los puntos 1), 2) o 3). Dichas agrupaciones deberán ajustarse a las reglas establecidas en el artículo de la Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto.

Líneas de actuación

  1. Implantación de Zonas de Bajas Emisiones. Conoce las actuaciones subvencionables de esta línea.
  2. Fomentar el cambio modal en entornos urbanos y metropolitanos hacia modos de transporte más sostenibles, priorizando el transporte público colectivo y la movilidad activa. Conoce las actuaciones subvencionables de esta línea
  3. Fomentar la transformación del transporte público de viajeros y mercancías hacia una actividad de cero emisiones mejorando la accesibilidad del sistema. Conoce las actuaciones subvencionables de esta línea. 
  4. Digitalización de la actividad de los servicios públicos de transporte que redunde en una mayor eficiencia del sistema, mejor accesibilidad y ventajas para el usuario del transporte público. Conoce las actuaciones subvencionables de esta línea.

Cuantía

  • El importe total de la convocatoria es de 1 000 000 000 euros.
  • La cuantía mínima de subvención a solicitar para cada una de las actuaciones incluidas en una solicitud se establece en 200 000 euros, mientras que el máximo se fija en función de los habitantes del municipio.
  • En el caso de que la propuesta sea presentada por una agrupación de municipios o entes supramunicipales, el límite máximo se establece en 40 millones de euros.

Plazo y presentación de solicitud

Se presentará por vía electrónica en el portal de gestión de subvenciones de la Sede Electrónica del MITMA, hasta el 30 de septiembre de 2021 a las 14.00 h.

Para más información sobre cómo presentar las solicitudes, tiene a su disposición la Guía del solicitante.

Documentación a presentar

  • Formulario de solicitud, el cual deberá cumplimentarse preferentemente a través de la Sede Electrónica del MITMA, disponible en formato descargable en este mismo enlace.
  • Memoria Técnica y Financiera, descargable en Sede Electrónica del MITMA.
  • Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano de gobierno o de representación competente de la entidad solicitante en el que, de forma expresa, se apruebe lo siguiente:
  1. La participación y aceptación expresa del procedimiento regulado por esta Orden Ministerial.
  2. Las actuaciones subvencionables y la dotación presupuestaria para llevarlas a cabo.
  3. Compromiso de que dispondrán de los recursos tanto técnicos como financieros necesarios para garantizar el mantenimiento y operación de la actuación subvencionada tras su puesta en marcha y durante al menos los primeros cinco años de actividad.
  4. Adicionalmente, para los municipios de más de 50 000 habitantes, el compromiso de tener implantada en el municipio una Zona de Bajas Emisiones en 2023, sin perjuicio del cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
  • Análisis del Coste Beneficio (ACB), para aquellas actuaciones cuya subvención solicitada supere los 50 millones de euros.
  • Certificación del acuerdo por el que la entidad local ha aprobado un Plan de Movilidad Sostenible (descargar aquí el documento).
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de las actuaciones propuestas con la legislación y política ambiental, tanto nacional como de la UE.
  • Para las solicitudes que incluyan actuaciones de renovación de autobuses o relacionadas con activos vinculados al contrato de prestación de los servicios de transporte público, declaración responsable de que el contrato de concesión de servicio público mediante el que se prestan, vigente a la fecha de la solicitud, garantiza el cumplimiento del Reglamento 1370/2007 en el caso de que se obtuviera las ayudas solicitadas, siguiendo el modelo de declaración recogida en el anexo VIII.
  • Información administrativa que acredite los requisitos exigidos al beneficiario. Conoce los requisitos exigidos.
  • Ficha de Entidad Legal (anexo IV).
  • Ficha de Identificación Financiera (anexo V).