Oficinas Verdes Canarias

Buscar servicios, información, noticias, etc.

Facilitamos la transición ecológica

LOGO OVC SERVICIOS

Convocatoria para el refuerzo de redes de varamiento y rescate de especies marinas

Convocatoria para el refuerzo de redes de varamiento y rescate de especies marinas

Subvenciones para el refuerzo de redes de varamientos y rescate de especies marinas 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, convocadas por la Fundación Biodiversidad F.S.P.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar en régimen de concurrencia competitiva, proyectos vinculados con la generación y refuerzo de redes de varamientos y rescate de especies marinas, que permitan una atención adecuada a los animales varados vivos para su recuperación y/o posterior liberación, o mantenimiento en caso de no poder ser liberados en centros adecuados que aseguren su supervivencia y bienestar.

Entidades beneficiarias

  • Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro debidamente autorizadas por parte de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o por la comunidad autónoma donde se vaya a generar la red.
  • Las administraciones de las comunidades autónomas
  • Las universidades públicas y sus institutos universitarios, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Para ser beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:

  •  Estar válidamente constituidas, tener domicilio en territorio español y, en su caso, estar debidamente inscritas en el registro correspondiente.

 No concurrir en alguna de las circunstancias invalidantes previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Actividades a financiar

Se podrá considerar, entre otras, la siguiente tipología de acciones a desarrollar (listado no exhaustivo):

  • Seguimiento y respuesta ante eventos de varamientos y capturas accidentales de especies marinas.
  • Recolección, almacenamiento y análisis en laboratorios especializados de muestras de los individuos necropsiados, con objeto de identificar las causas de la muerte, así como de cualquier información biológica y ecológica que redunde en una mejora de la gestión de la especie o población.
  • Análisis del impacto de las diferentes presiones antrópicas sobre las poblaciones: incidencia de la captura accidental, especies afectadas, sexo, talla, entre otros, y, cuando sea posible, determinación de la causa de la muerte.
  • Identificación de amenazas para las poblaciones y obtención de información necesaria para la interpretación de cambios en el estado de salud de las poblaciones afectadas y, si fuera posible, de su abundancia, distribución, etc.
  • Asistencia, reflotamiento si es posible o, en su caso ingreso, rehabilitación y reintroducción al medio natural de especímenes rescatados.
  • Garantía del necesario nivel de bienestar animal para los especímenes ingresados en rehabilitación.
  • Capacitación a gestores implicados, a las autoridades competentes, así como a otros sectores implicados o de interés y sensibilización a la ciudadanía sobre estas temáticas.
  • Contribución a los planes y estrategias de conservación o recuperación de las especies con las que se trabaja.
  • Contribución, en su caso, a la atención y rescate de ejemplares en situación de riesgo objeto de captura accidental, enmallamiento o colisión.
  • Creación de una red de bancos de muestras por especies, bases de datos de información, entre otros, a nivel nacional.

El proyecto deberá dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas (Art. 28.5).

Cuantía

  • Importe total de la convocatoria: es de hasta 4 250 000 €
  • Importe mínimo de ayuda a solicitar por propuesta presentada: 50 000 €.
  • Importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda: 400 000 €.
  • El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95 % del total del presupuesto del proyecto presentado.

Se admitirá para su evaluación como máximo una propuesta por entidad solicitante.

Plazo y presentación de solicitud

A partir del lunes 4 de octubre del 2021 hasta el miércoles 24 de noviembre del 2021. de forma telemática a través de la herramienta habilitada para tal efecto en la página web de la Fundación Biodiversidad

Para más información, la Fundación Biodiversidad pone a disposición una guía para la presentación de solicitudes.

Documentación a presentar

  • Declaración responsable firmada por el representante legal.
  • Declaración responsable firmada por el representante legal de cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (DNSH).
  • Documentación de carácter técnico del proyecto: marco lógico, plan de comunicación y sensibilización, presupuesto, recursos humanos y cronograma y evaluación preliminar del principio DNSH. Esta documentación, no será susceptible de subsanación (Art. 32.6).

Documentación relativa a la entidad solicitante:

  1. Estatutos o documentos en vigor donde consten las normas por las que se regula la actividad de la entidad. Las administraciones de las comunidades autónomas, en su caso, están exentas de la entrega de este documento.
  2. Poder o documento que acredite la representación con que se actúa.
  3. Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Administrativo correspondiente, cuando la misma sea necesaria o documento justificativo de la no obligatoriedad de inscripción en registro. Las administraciones de las comunidades autónomas, en su caso, están exentas de la entrega de este documento.
  4. Carta de apoyo al proyecto de la administración o administraciones interesadas en la materia. Además, como documentación adicional a la solicitud, la entidad podrá adjuntar cartas de apoyo al proyecto de otras entidades e instituciones.
  5. Declaración expresa firmada por el representante legal que incluya relación exhaustiva y detallada de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidos para financiar las mismas actuaciones objeto de la subvención. Esta declaración expresa deberá llevarse a cabo en el momento de presentar la solicitud y en cualquier otro momento, tan pronto como sea conocida, la mencionada concurrencia.

En el caso de que la entidad ya forme parte del Registro de Beneficiarios de la Fundación Biodiversidad, y la organización no haya sufrido ningún cambio administrativo o de su representante legal desde su inclusión en el registro, no es necesario presentar la documentación prevista en los apartados 1, 2 y 3. Para ello, se deberá indicar el número de beneficiario en el formulario de solicitud, el cual puede consultarse en el documento registro de entidades beneficiarias de la Fundación Biodiversidad y, si es anterior al año 2015, se deberá aportar la documentación en todo caso.

Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo máximo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con advertencia de que si no lo hiciese, y previa resolución, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

La Fundación Biodiversidad ha habilitado para cualquier duda o consulta, la dirección de correo electrónico: proyectos@fundacion-biodiversidad.es.