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Plan de Recuperación de Canarias

Convocatoria para la renaturalización urbana y resiliencia de ciudades

Convocatoria de subvención de la Fundación Biodiversidad F.S.P., para el fomento de actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, actividades que contribuyan a la renaturalización urbana, incrementando la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación y la adaptación al cambio global y de mejorar la habitabilidad de mejorar la habitabilidad de los entornos urbanos.  

Entidades beneficiarias

Según lo previsto en el artículo 2 de la Orden TED/1018/2021, de 20 de septiembre:

  • Ayuntamientos de capitales de provincia o municipios que cuenten con más de 50.000 habitantes (conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2021).
  • Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. 

Siempre y cuando se integren en agrupaciones con al menos un beneficiario del apartado 1 (el cual deberá actuar en todos los casos como representante de la agrupación), podrán obtener la condición de beneficiarias las siguientes entidades: 

  • Ayuntamientos de municipios que cuenten con una población de más de 20.000 habitantes.
  • Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.
  • Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  • Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo lucro de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
  • Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule tengan la I+D+i como actividad principal.

NOTA: En el supuesto de agrupaciones, deberán cumplir las condiciones del artículo 2.3 de la Orden TED/1018/2021, de 20 de septiembre. Para todos los casos, los municipios que integren las agrupaciones, deben ser limítrofes y participar de un proyecto común. El número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro.

Para más información sobre las entidades beneficiarias y los requisitos, consulta el artículo 2 de la convocatoria.

Actuaciones subvencionables

NOTA: El proyecto deberá dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas (art.4.5 de la convocatoria). 

Para más información sobre las actuaciones subvencionables y sus requisitos, consulta el artículo 3  de la convocatoria.

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total de la convocatoria: 62.000.000 €.
  • Importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda: 4.000.000 €.
  • El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud: 2.000.000 €.
  • El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del presupuesto del proyecto presentado. *En el caso de agrupaciones, el importe máximo concedido a cada entidad integrante de la agrupación, no podrá superar el 95% del total del presupuesto correspondiente a dicha entidad.

Para más información sobre la cuantía de las ayudas, consulta el artículo 4 de la convocatoria

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 20 de octubre hasta el 22 de diciembre del 2022, pudiendo presentarla: 

  • Telemáticamente, a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Fundación Biodiversidad, al cual puede acceder pinchando aquí.

Para más información, la Fundación Biodiversidad pone a disposición en la sede electrónica una guía para la presentación de solicitudes.

Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta el artículo 8 y artículo 9 de la convocatoria.

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud. Puede descargar el modelo facilitado por la FB en la sede electrónica, pinchando aquí.

Documentación relativa a la entidad o entidades solicitantes:

a) Estatutos o documentos en vigor donde consten las normas por las que se regula la actividad de la entidad. Las Administraciones Públicas, en su caso, están exentas de la entrega de este documento.

b) Poder o documento que acredite la representación con que se actúa.

c) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Administrativo correspondiente, cuando la misma sea necesaria o documento justificativo de la no obligatoriedad de inscripción en registro. *Las Administraciones Públicas, en su caso, están exentas de la entrega de este documento y en el caso de las universidades, deberán estar inscritas en el Registro de Universidades Centro y Títulos (RUCT).

NOTA: La entidad podrá adjuntar cartas de apoyo al proyecto de otras entidades e instituciones, como documentación adicional a la solicitud. 

En el caso de las agrupaciones, además, deben presentar:

  • Acuerdo interno al que se refiere el artículo 2.3 de las bases, firmado mediante certificado electrónico, por los representantes legales de las entidades integrantes.

NOTA: Además, se deberá aportar la documentación referida en el apartado “Documentación relativa a la entidad o entidades solicitantes”, de cada una de las entidades integrantes de la agrupación. La solicitud de la ayuda y el acuerdo de agrupación serán presentados en sendos documentos únicos, firmados por cada uno de los representantes legales de las entidades de la agrupación (art. 8.4). 

En el caso de ayuntamientos de capitales de provincia y ayuntamientos de municipios con una población de más de 50.000 habitantes, Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y ayuntamientos de municipios con una población de más de 20.000 habitantes (art. 2.1.a) y b) y 2.2.a), además, deben presentar:

  • Acuerdo de aprobación de la presentación del proyecto en Pleno municipal, o en el caso de las ciudades autónomas, de su Asamblea.

En el caso de que la entidad ya forme parte del Registro de Beneficiarios de la FB, y la organización no haya sufrido ningún cambio administrativo o de su representante legal desde su inclusión en el registro, no es necesario presentar la documentación prevista en los a), b), c) del apartado “Documentación relativa a la entidad o entidades solicitantes”. Para ello, deberá indicarse el número de beneficiario en el formulario de solicitud, el cual puede consultarse en el documento registro de entidades beneficiarias de la FB, y si es anterior al año 2019, se deberá aportar la documentación en todo caso.

Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado, para que, en el plazo máximo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que, si no lo hiciese, y previa resolución, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Documentación de carácter técnico: 

  • Marco lógico, fichas descriptivas de las actividades previstas, presupuesto, recursos humanos, cronograma y evaluación preliminar del principio DNSH. Esta documentación puede descargarse en la sede electrónica de la F.B. Esta documentación no será susceptible de subsanación (art. 8.8).

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta el artículo 8 de la convocatoria. 

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o consulta sobre esta convocatoria, la Fundación Biodiversidad, ha habilitado la dirección de correo electrónico: ciudades@fundacion-biodiversidad.es.