Información sobre la subvención
Objeto
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable que combinen, de manera integrada, la producción, distribución y uso del hidrógeno en una misma ubicación territorial.
Persona y entidades beneficiarias
- Las empresas con personalidad jurídica propia: micro, pequeña, mediana y gran empresa, según lo establecido por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, incluyendo las asociaciones empresariales.
- Consorcios o Agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. El consorcio o la agrupación empresarial deberá contar con al menos una PYME participante en la solicitud de la ayuda. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, deberá cumplirse con lo establecido por el artículo 67 del Real Decreto-Ley 36/ 2020, de 30 de diciembre.
- El sector público institucional de cualquier Administración pública, al que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia. En el caso de los consorcios a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, deberá acreditarse el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 68 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Actuaciones subvencionables
- Instalación de producción y distribución de hidrógeno renovable. Pinche aquí para más información.
- Usos industriales. Pinche aquí para más información.
- Usos en movilidad pesada. Pinche aquí para más información.
Aplicaciones estacionarias innovadoras. Pinche aquí para más información.
Cuantías
- Importe total de la convocatoria: 150.000.000 €.
- Importe total por beneficiario/a por proyecto: 15.000.000 €.
- Inversión mínima para que el proyecto sea elegible: 1.000.000 €.
Consulte los costes subvencionables máximos, costes de referencia y cuantía de las ayudas, en el anexo III de la Resolución de 16 de febrero de 2022.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
Desde el 7 de marzo hasta el 6 de mayo del 2022, de forma telemática en la sede electrónica, a través de este procedimiento, habilitado por el IDAE para tal fin. Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar el trámite.
Para más información, el IDAE pone a disposición una Guía de usuario para presentación de expedientes.
Para incidencias informáticas relacionadas con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.H2Pioneros@idae.es.
Documentación a presentar para la solicitud
Documentación de carácter general:
- Solicitud (a través de la sede electrónica).
- DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica, que acredite la identidad de la persona o entidad solicitante de la subvención.
- Aceptación de las Bases reguladoras y las Disposiciones de la Convocatoria.
- Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario/a, según modelo.
- Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según modelo.
- Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI), según modelo.
- Declaración responsable del cumplimiento del principio de “no causar un
- perjuicio significativo al medio ambiente” (principio DNSH), según modelo, y cuestionario de autoevaluación según modelo. Para más información puede consultar la Guía de principios DNSH.
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias o la declaración de consentimiento para la obtención de certificaciones acreditativas, según modelo.
- Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer, según modelo.
- Plan Estratégico, según modelo.
- Ficha de solicitud de información financiera del proyecto, según modelo.
Documentación adicional en el caso de:
Personas jurídicas, públicas o privadas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica
- Documento acreditativo de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes (escritura pública, poder notarial, apud acta, etc.).
- En caso de disponer de personalidad jurídica propia, deberá presentarse la escritura pública de constitución, que contendrá como mínimo denominación, objeto, domicilio social, duración, socios y porcentajes de participación, designación de gerente único, así como la constancia de la responsabilidad solidaria y limitada a la completa ejecución del proyecto objeto de subvención, de cada uno de los socios. Igualmente, se presentará el certificado de inscripción en el registro correspondiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en lugar del certificado en el registro mercantil.
Consorcios o agrupaciones, sin personalidad jurídica propia
- Documento de colaboración o instrumento análogo formalizado por representante.
Sector público
- Declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una comunidad autónoma o a una entidad local. (Solo obligatorio si el tipo de beneficiario es sector público).
Empresas
- Fotocopia del Certificado del Registro Mercantil o, en su defecto, poder notarial. En cualquiera de los casos, deberá aparecer el firmante de la solicitud de la ayuda como representante de la empresa.
- Tarjeta de identificación fiscal (NIF).
- Documentación que acredite la inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AET.
- Declaración que acredite el tipo y categoría de la empresa, según modelo.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como de cualquier entidad, empresa u organismo público, puede dirigirse a:
- El IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), dispone del Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energía Renovables (SICER), con el que puedes contactar a través de los siguientes canales:
- Formulario de contacto
- Correo electrónico: ciudadano@idae.es
- Fax: 91 523 04 14
- WhatsApp: 910 789 894
- Llamada telefónica: 913 146 673
Para consultas sobre las bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a: solicitudes.H2pioneros@idae.es.