Información sobre la subvención
Objeto
Subvención de actuaciones en edificios construidos con anterioridad al año 2007 y en materia de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, en el uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria y en las instalaciones de iluminación en edificios.
Persona y entidades beneficiarias
- Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
- Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
- Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos
- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
- Los ayuntamientos, cabildos y las mancomunidades o agrupaciones de municipios y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, accediendo a la condición de destinatarios últimos de las ayudas, para promover y gestionar la realización de actuaciones de rehabilitación energética, como representantes de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias de edificios que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes actuaciones subvencionables.
Tipo de actuaciones subvencionables y modalidades de ayuda
- Las actuaciones subvencionables realizarse en edificios construidos con anterioridad al año 2007 y deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías, cumpliendo con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas :
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Consulte más información sobre el tipo de actuaciones en el anexo IV del RD 691/2021 que rige las bases de esta ayuda.
- A su vez se contempla dos modalidades de presentación según la naturaleza de la actuación:
OPCIÓN A
- Edificios de vivienda unifamiliar.
- Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.
- Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
OPCIÓN B
Actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.
Consulte más información sobre estas opciones de ayuda en el anexo III del R.D 691/2021
- Todas las actuaciones para las que se solicite esta ayuda tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partida.
- No serán actuaciones subvencionables:
- Las realizadas en edificios de nueva construcción.
- Intervenciones en edificios existentes que supongan una ampliación, en los que se incremente la superficie o volumen construido.
- Intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio.
Cuantía subvencionable
El importe de la convocatoria (884.470) euros, distribuidos en los ejercicios 2022 y 2023. Este importe se repartirá entre los dos tipos de actuaciones de la siguiente forma:
- Opción A: 442.235 euros.
- Opción B: 442.235 euros.
La cuantía de las ayudas a los destinatarios finales se establece en el Anexo I y Anexo IV del Real Decreto 691/2021 para las actuaciones subvencionables que recoge las fórmulas y tablas que se aplicarán para el cálculo de las diferentes tipologías de actuación.
Plazo y presentación de solicitud
Desde las 9:00 horas del 1 de febrero de 2022 hasta el 31 de julio de 2024, tras ampliación aprobada por el Gobierno de Canarias el 31 de julio de 2023
- Las personas jurídicas deberán presentarla obligatoriamente a través de la sede electrónica.
- Las personas físicas, podrán presentarla telemáticamente a través de la sede electrónica o, presencialmente rellenado el modelo normalizado de solicitud que puede descargarse en el apartado de “documentación” de sede electrónica. Esta solicitud la deberá imprimir, firmar y presentar en formato papel en cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias.
Cuando la persona solicitante detecte un problema técnico que le impida presentar la solicitud y obtener el correspondiente resguardo, deberá comunicarlo a través del formulario habilitado, debiendo constar:
- Nombre de la entidad solicitante de la subvención afectada por la incidencia.
- Número de borrador de solicitud generado en el procedimiento que esté afectado (o en su defecto el título del proyecto para el que se solicita subvención).
- Exposición clara del problema técnico que ha ocurrido y cómo le está afectando a la tramitación.
Si esto ocurriese, podrá presentar la solicitud por el Registro General Electrónico de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo admitidas únicamente aquellas solicitudes que aporten la comunicación de incidencia técnica mencionada anteriormente.
Documentación a presentar para la solicitud
Documentación de carácter general
- Solicitud (para presentación presencial descargarla aquí).
- Documento acreditativo de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta).
- Documento de alta a terceros. Puede solicitarla en este enlace.
- Copia de documento que acredite la propiedad del edificio por parte de la persona/s propietaria/s. Si el/la solicitante no fuese propietaria del inmueble, se deberá aportar la documentación o contrato que acredite la facultad expresa para poder ejecutar las obras correspondientes a la actuación objeto de ayuda (contrato de arrendamiento, de explotación, etc.).
- Consulta descriptiva y gráfica de datos catastrales del inmueble en la que se el uso vivienda u otros usos a los efectos de determinar la cuantía de la ayuda en función del uso y su año de construcción, que debe ser anterior a 2007.
- Informe justificativo de las tipologías de actuación en las que se encuadra la ayuda solicitada, descripción de las actuaciones subvencionables, justificación del coste elegible y cuantía máxima de la ayuda solicitada.
- Proyecto o memoria técnica, donde se describan las actuaciones a realizar y la situación de partida, suscrita por personal técnico competente o instalador/a. Deberá justificarse el cumplimiento de exigencias básicas del Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE del Código Técnico de la Edificación, de aplicación. Incluirá un Estudio de Gestión de Residuos donde se justifique el cumplimiento del apartado 11 letra c) del artículo 17 firmado por técnico competente, o en su defecto declaración responsable firmada por el representante del beneficiario/a en el que se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo indicado en el apartado 11 letra c) del artículo 17.
- Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado, con fecha posterior a la entrada en vigor del programa.
- Declaración responsable de cumplimiento de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”(DNSH), conforme al anexo I de la convocatoria.
- Documento de aceptación de la cesión de datos, conforme al modelo anexo II de la convocatoria.
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR, conforme al modelo anexo III de la convocatoria.
- Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) por los beneficiarios que, dentro de los requisitos de concesión de la subvención, deban de llevar a cabo actividades que presenten un conflicto de intereses potencial, en los términos contenidos en Anexo IV.A) de la Orden HFP/1030/2021, conforme al modelo anexo IV de la convocatoria.
- Declaración responsable anexa a la solicitud, de “No haber recibido respecto a la inversión que se subvenciona ayudas de otros programas e instrumentos de la Unión que cubra el mismo coste”, sin perjuicio de la obligación del beneficiario de la subvención de comunicar el detalle de otros ingresos o subvenciones para la misma actividad de conformidad con el anexo III del Real Decreto 691/2021, conforme al modelo anexo V de la convocatoria.
Si no autorizas la consulta por la Administración:
- DNI /NIE de la persona representante, indicando si representa a una entidad jurídica o a un grupo o comunidad de propietarios.
- Certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria.
- Certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria Canaria a efectos de obtener una subvención o ayuda de las Administraciones Públicas.
- Certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Para edificios certificables:
- Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido que establece el artículo 6 del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por personal técnico competente y registrado en el registro del órgano competente de la comunidad autónoma.
- Certificado de eficiencia energética del edificio alcanzado tras la reforma propuesta para la que se solicita ayuda, firmado por personal técnico competente. Deberá demostrar que el proyecto permite dar un salto en, al menos una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), y se consigue un ahorro mínimo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
Para edificios no certificables:
- Memoria justificativa donde se indique que se alcanza al menos una reducción del consumo de energía final de un veinte por ciento.
En el caso de solicitar ayuda adicional por criterio social por bloque de viviendas en régimen de protección pública o por bloque de viviendas en Áreas de Regeneración Urbanas:
- Certificado acreditativo de esta condición emitido por la administración correspondiente.
En el caso de solicitar ayuda adicional con criterio social por viviendas calificadas bajo algún régimen de protección pública:
- Certificado de la comunidad autónoma que acredite que las viviendas obtuvieron dicha calificación o equivalente.
Documentación adicional en el caso de:
Comunidad de personas propietarias o agrupación de comunidades de personas propietarias:
- NIF de la comunidad de personas propietarias o agrupación de comunidades de personas propietarias.
- Certificados emitido y firmados por la/el secretario/a o administrador/a con el visto bueno del/la Presidente/a de:
- Acuerdo de junta de personas propietarias en el que se refleje la aprobación de:
- La realización de las obras necesarias para la rehabilitación energética del edificio (descripción general y presupuesto).
- La solicitud de ayuda al órgano instructor y facultando al/la Presidente/a como representante para realizar las gestiones de tramitación de la ayuda.
- Acuerdo por el que se aprueba la designación del/la Presidente/a y del/la Administrador/a o secretario/a de la comunidad de propietarios.
- Relación de personas comuneras con indicación de las cuotas de participación y número total de viviendas que integran el edificio.
- Acuerdo de junta de personas propietarias en el que se refleje la aprobación de:
- Certificado catastral electrónico que acredite la titularidad del edificio, certificado o nota simple del registro de la propiedad, o bien, aportar documento/s acreditativo/s del hecho, acto o negocio jurídico que demuestre la adquisición del inmueble. Dicho documento puede ser de naturaleza pública (escritura pública) o privada, siempre y cuando conste fehacientemente la realidad de su fecha, de los intervinientes y en su caso, de todos los requisitos que refiere el artículo 1261 del Código Civil.
- Declaración responsable que especifique si se han solicitado o recibido, o no otras ayudas para la misma actuación o finalidad. Si se han solicitado o recibido indicar el importe solicitado o recibido, así como la Administración, organismo o entidad pública que concede.
- Declaración responsable de no encontrarse en ninguna de las situaciones previstas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Agrupaciones de personas físicas propietarias en su conjunto del edificio, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y sin constitución de división horizontal:
- DNI / NIE de cada uno de las personas propietarias.
- Acuerdo de reunión firmado por todas las personas propietarias, donde se apruebe ejecución de las actuaciones, se cree la agrupación, se nombre a un/a representante/a, se especifique la cuota de cada una de las personas propietarias. La persona nombrada como representante será a efectos de la presentación, seguimiento de la solicitud de ayudas, cumplimiento de las obligaciones que como copropietarios/as les pudiera corresponder a los mismos, efectuar y justificar la inversión objeto de ayuda y además, constará a los efectos de este programa, como solicitante de la ayuda.
- Declaración responsable que especifique si se han solicitado o recibido, o no otras ayudas para la misma actuación o finalidad. Si se han solicitado o recibido indicar el importe solicitado o recibido, así como la Administración, organismo o entidad pública que concede.
- Declaración responsable de no encontrarse en ninguna de las situaciones previstas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Empresas o agrupaciones de personas jurídicas propietarias en su conjunto del edificio, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y sin constitución de división horizontal:
- NIF de cada una de las personas jurídicas propietarias.
- Escritura/s de poder suficiente de representación de cada entidad otorgada a favor de la persona jurídica que conste como solicitante de la ayuda, inscrita en registro público correspondiente.
- En caso de agrupación de propietarios, acuerdo de reunión donde se apruebe ejecución de las actuaciones, se nombre a una de las personas jurídicas propietarias como representante a efectos de trámite de subvención y cumplimiento de obligaciones.
- Declaración responsable de que la empresa no está en crisis, según lo establecido por las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).
- Declaración responsable que especifique si se han solicitado o recibido, o no otras ayudas para la misma actuación o finalidad. Si se han solicitado o recibido indicar el importe solicitado o recibido, así como la Administración, organismo o entidad pública que concede.
- Declaración responsable de no encontrarse en ninguna de las situaciones previstas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Administración o entidad pública propietaria o usuaria de un edificio adscrito:
- Certificación acreditativa de resolución o acuerdo adoptado por el órgano competente de la administración o entidad pública beneficiaria, por la que se apruebe la participación en este programa de ayudas asumiendo los compromisos contenidos en el mismo.
Ayuntamiento, Diputación Provincial, Cabildo, Consejos Insulares mancomunidad o agrupación de municipios con convenio con comunidades de propietarios u otros propietarios/as, para promover y gestionar actuaciones de rehabilitación energética:
- Copia de convenio donde se recoja la designación de la entidad local como representante y beneficiario de derecho al cobro de la ayuda por parte de la Comunidad de Propietarios a la entidad, así como la forma en que se recuperará la inversión mediante un sistema de cuotas a los vecinos, una vez descontada las ayudas públicas.
Empresa de Servicios Energéticos, empresa arrendataria o empresa explotadora del edificio:
- NIF del empresario/a (físico o jurídico).
- Escrituras y/o estatutos vigentes, debidamente inscritos en el registro público correspondiente.
- DNI y escritura de poder de representación a favor de la persona que conste como solicitante de ayuda, inscrita en el registro público correspondiente.
- Documento acreditativo de estar dado de alta en el IAE en la actividad económica relacionada con la actuación subvencionable, y copia de justificante de pago del último recibo correspondiente (ESEs).
- Copia de contrato/s formalizados con propietario/s del edificio que acredite la relación arrendaticia o explotación del edificio, así como que el solicitante está
- autorizado expresamente para la realización de las actuaciones objeto de ayuda.
- Declaración responsable de que la empresa no está en crisis, según lo establecido por las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).
- En caso de empresas de servicios energéticos, declaración responsable con el compromiso de actuación como tal, indicando los contenidos contractuales que se pretende aplicar a los usuarios.
- Declaración responsable que especifique si se han solicitado o recibido, o no otras ayudas para la misma actuación o finalidad. Si se han solicitado o recibido indicar el importe solicitado o recibido, así como la Administración, organismo o entidad pública que concede.
- Declaración responsable de no encontrarse en ninguna de las situaciones previstas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
- Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000).
- Convocatoria Gobierno de Canarias.
- Orden de modificación de requisitos de la Consejería de Transición Ecológica
Más información
Accede a más información de esta ayuda a través de los siguientes enlaces:
- Información general de la ayuda (IDAE).
- Guía-practica-para la gestión de-ayudas la rehabilitación energética de edificios.
Para duda o consulta de carácter general sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía como de cualquier entidad, empresa u organismo público, pueden dirigirse las Oficinas Verdes de Canarias:
- Correo electrónico: pree@oficinasverdes.es
- Teléfono: 922 533 533
Además también puede acudir al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energía Renovables (SICER) del IDAE, a través de los siguientes canales:
- Formulario de contacto
- Correo electrónico: ciudadano@idae.es
- Fax: 91 523 04 14
- WhatsApp: 910 789 894
- Llamada telefónica: 913 146 673