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Facilitamos la transición ecológica

Bonificaciones municipales

Paneles solares térmicos y/o fotovoltaicos

Estos sistemas captan la radiación solar para transformarla en calor o en electricidad de modo que, la energía generada pueda ser utilizada para distintos fines.

Consulte la información publicada por la Administración aquí

Beneficiario

Los bienes inmuebles destinados a viviendas en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.

Beneficio fiscal

El 50 % en la cuota íntegra del impuesto.

Duración

Un límite temporal de cinco años desde la instalación de los sistemas que da derecho a su percepción.

Requisitos

La bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente y surtirá efectos a partir del año siguiente al de la solicitud.