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Bonificaciones municipales

Paneles solares fotovoltaicos

Este sistema capta la radiación solar para transformarla en electricidad de modo que, la energía generada pueda ser utilizada para el uso de cualquier tipo de aparato electrónico, entre otras utilidades.

Consulta la información publicada por la Administración aquí.

Objeto

Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) (comúnmente conocida como contribución), a los bienes inmuebles en los que se incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

Descuento aplicable

  • Bienes inmuebles de uso residencial:
  • 30% de la cuota del impuesto.
  • 50% de la cuota del impuesto para edificaciones que dispongan de la categoría A del certificado de eficiencia energética, debidamente acreditado. 
  • Bienes inmuebles de uso no residencial:
  • 20% de la cuota del impuesto, debiendo acreditar que la edificación dispone de la categoría A del certificado de eficiencia energética, debidamente acreditado. 

Duración

Indeterminada. 

Requisitos

Las instalaciones deberán: 

  • No podrán ser instaladas como resultado de la obligatoriedad de la normativa específica en la materia.
  • Cumplir con lo estipulado en la sección HE5 incluida sobre Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica incluida en la exigencia básica HE Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación (CTE). 
  • Encontrarse debidamente instaladas y en funcionamiento.
  • Disponer de una potencia mínima de 2,5 kW.

En el caso de bienes inmuebles de uso residencial que quiera optar al 50% de bonificación (descuento), deberán:

  • Acreditar que la edificación está catalogada con la categoría A del certificado de eficiencia energética.

Documentación a presentar

Deberá ser solicitada por la persona interesada, presentando la siguiente documentación:

  • Proyecto técnico o memoria técnica, suscrito por técnico/a titulado/a competente y visado por el Colegio oficial correspondiente, según proceda.
  • Certificado de instalación.
  • Factura justificativa de pago de la instalación.
  • Licencia urbanística de obra o autorización municipal equivalente en su caso.
  • Copia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que permita identificar la referencia catastral y la ubicación exacta del inmueble y la instalación del aprovechamiento. 

En el caso de bienes inmuebles de uso residencial que quiera optar al 50% de  bonificación (descuento) y de bienes inmuebles de uso no residencial, presentar además:

  • Certificado que acredite que su edificación está catalogada con la categoría A del certificado de eficiencia energética.