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Bonificaciones municipales

Paneles solares térmicos y/o fotovoltaicos

Estos sistemas captan la radiación solar para transformarla en calor o en electricidad de modo que, la energía generada pueda ser utilizada para distintos fines.

Consulte la información publicada por la Administración aquí.

Objeto

Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) (comúnmente conocida como contribución) a los bienes inmuebles destinados a viviendas en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.

Descuento aplicable

El 50% de la cuota del impuesto. 

Duración

5 años, surtiendo efecto a partir del período impositivo siguiente a aquél en el que se solicite.

Requisitos

  • La instalación de los sistemas debe haberse realizado de manera voluntaria y no con carácter obligatorio a tenor de lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación aprobado por Real decreto 314/2006, de 17 de marzo.
  • Deberán constituir la fuente principal de suministro  de energía de la vivienda.

En el caso de instalaciones para producción de calor, deberán:

  • Incluir colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.

Documentación a presentar

  • Solicitud. 
  • Fotocopia del DNI del sujeto pasivo.
  • Fotocopia del último recibo de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • Copia de la licencia concedida por la Gerencia Municipal de Urbanismo para la instalación de paneles solares.
  • Certificación individual para cada una de las viviendas destinatarias de la energía térmica o eléctrica producida por la instalación solar, expedida por la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias.

Además:

En el caso de realizar la solicitud de forma colectiva para una pluralidad de viviendas, la mera condición del/la Presidente/a o Administrador/a de una Comunidad de Propietarios no atribuye la representación de todas o parte, de las personas  comuneras, por lo que se deberá:

  • Acreditar la representación de cada una de ellas por cualquier medio válido en derecho.