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Bonificaciones municipales

Paneles solares térmicos y/o fotovoltaicos

Estos sistemas captan la radiación solar para transformarla en calor o en electricidad de modo que, la energía generada pueda ser utilizada para distintos fines.

Información sobre las bonificaciones del impuesto

Persona beneficiaria

La persona cuyos bienes inmuebles estén destinados a viviendas en los que se haya instalado un sistema para el aprovechamiento térmico o eléctrico, para autoconsumo, de la energía proveniente del sol.

Beneficio fiscal

El 10 % en la cuota íntegra del impuesto.

Duración

No viene determinada.

Requisitos

Se concederá la bonificación a petición del interesado.

Documentación a presentar

  • La solicitud.
  • DNI del solicitante.
  • Fotocopia compulsada del documento que acredite las características técnicas del sistema de aprovechamiento y su efectiva instalación.
  • Copia del recibo del IBI del ejercicio anterior satisfecho referido al inmuebles sobre el que se solicite la bonificación a nombre del contribuyente.
  • Copia de la escritura.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de no tener deudas pendientes con este Ayuntamiento por ningún concepto.