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Bonificaciones municipales

Paneles solares térmicos y/o fotovoltaicos

Estos sistemas captan la radiación solar para transformarla en calor o en electricidad de modo que, la energía generada pueda ser utilizada para distintos fines.

Consulte la información publicada por la Administración aquí.

Objeto

Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a las construcciones, instalaciones u obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

Descuento aplicable

El 20% de la cuota del impuesto. 

Requisitos

  • La aplicación de la bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor estén referidas a la totalidad de la construcción e incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
  • A los efectos de la liquidación definitiva del impuesto, antes de expedirse la primera ocupación o cédula de habitabilidad será requisito indispensable aportar certificado expedido por instalador autorizado acreditativo de la instalación y su funcionamiento.