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Objeto
Aplicar un descuento (bonificación) en la cuota del impuesto que se aplica a las construcciones, instalaciones u obras (ICIO), en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
Descuento aplicable
El 95% de la cuota del impuesto.
Solicitud y requisitos
- Debe ser solicitado por la persona interesada, presentado:
- Solicitud.
- Presupuesto de ejecución material de la instalación del sistema térmico o eléctrico.
- Presupuesto total.
- Se aplicará exclusivamente sobre el presupuesto de ejecución material de la instalación del sistema térmico o eléctrico de energía solar.
- Se aplicará a las instalaciones para producción de calor que incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
- Se aplicará en instalaciones que no tengan carácter obligatorio de conformidad con lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, aprobada por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.