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Bonificaciones municipales

Puntos de recarga de vehículos eléctricos

Estos sistemas permiten recargar de forma segura cualquier tipo de vehículo eléctrico o híbrido enchufable.

Consulta la información publicada por la Administración aquí.

Objeto

Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a las construcciones, instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

Descuento aplicable

El 15% de la cuota del impuesto.  

Solicitud y requisitos

  • La documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para el acceso a la bonificación, deberá aportarse por el/la interesado en el momento de la presentación de la autoliquidación.

  • Las instalaciones deben disponer de la correspondiente homologación por la Administración competente.

NOTA: No son en ningún caso acumulables, ni aplicables simultánea o sucesivamente con el resto de bonificaciones que aplique la Administración. En caso de ser susceptible de aplicarse más de una, a falta de opción expresa por la persona interesada, se aplicará la que corresponda a la de mayor importe. 

Tendrán carácter provisional en tanto no se compruebe por la Administración la concurrencia de los presupuestos de hecho que permiten su disfrute y se dicte la liquidación definitiva, o transcurran los plazos establecidos para la comprobación o inspección.