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Bonificaciones municipales

Puntos de recarga de vehículos eléctricos

Estos sistemas permiten recargar de forma segura cualquier tipo de vehículo eléctrico o híbrido enchufable.

Consulta la información publicada por la Administración aquí.

Objeto

Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a las construcciones, instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

Descuento aplicable

El 90% de la cuota del impuesto.

Requisitos y condiciones de aplicación

  • Las instalaciones deberán disponer de la correspondiente homologación por la Administración competente.
  • Los/as interesados/as podrán solicitar esta bonificación con la presentación de la correspondiente solicitud de la licencia o declaración responsable o comunicación previa, comprobando la Administración municipal que se cumplen los requisitos establecidos para ser beneficiario de ella.
  • No serán acumulables, ni aplicables simultáneamente,  ni sucesivamente con otros con el mismo objetivo. 
  • En caso de que las construcciones, instalaciones u obras sean susceptibles de incluirse en más de un supuesto, a falta de opción expresa por el interesado, se aplicará aquel al que corresponda la bonificación de mayor importe.
  • Los porcentajes se aplicarán sobre la cuota del impuesto o, en su caso, sobre aquella parte de la misma que se corresponda estrictamente con el coste real y efectivo imputable a las construcciones, instalaciones u obras comprendidas en el respectivo supuesto.