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Objeto
Aplicar un descuento (bonificación) en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje) a los vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas), que estén homologados de fábrica, incorporando dispositivo catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.
Descuento aplicable
El 50% de la cuota del impuesto.
Duración
Indeterminada.
Solicitud y requisitos
Debe ser solicitado por la persona interesada, aportando:
- Ficha técnica de vehículo.
- Documento de identidad del titular.