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Bonificaciones municipales

Vehículos cero emisiones

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de vehículos a motor deben pagar a su Ayuntamiento para circular por la vía pública.

Consulte la información publicada por la Administración aquí

Objeto

Vehículos clasificados como cero emisiones en el Registro de Vehículos de la DGT.

Requisitos

El interesado deberá encontrarse al corriente de pago de cualquier exacción municipal cuyo periodo voluntario de ingreso haya vencido. Esta bonificación tendrá carácter rogado y surtirá efecto desde el periodo impositivo siguiente a aquél en que se solicite, no teniendo carácter retroactivo. No obstante, cuando el beneficio fiscal se solicite antes de que la liquidación sea firme, se concederá si en la fecha del devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

Beneficio fiscal

El 75 % de la tarifa, que surtirá efecto a partir del ejercicio siguiente al de la solicitud.

Duración

Periodo máximo de seis años desde la fecha de la matriculación del vehículo.