Consulta la información publicada por la administración aquí.
Objeto
Aplicar un descuento en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje), a los vehículos que utilicen energías alternativas como es el caso de energía eléctrica, así como vehículos provistos de motores con característica bifuel y/o los que hagan uso de gas metano, electro metano, etc.
Descuento aplicable
El 25% de la cuota del impuesto.
Duración
Indeterminado.
Solicitud y requisitos
- Debe ser solicitado por la persona interesada.
- Una vez concedida por la Administración, se expedirá documento acreditativo de su concesión.
- De manera general, surtirá efecto desde el siguiente año a aquel en que se haya solicitado, excepto para los vehículos de nueva matriculación, a quienes se aplicará en el mismo año de su matriculación (previa solicitud y justificación en el momento de producir la inscripción registral).