Información sobre las bonificaciones del impuesto
Solicitud
- Los interesados solicitarán la bonificación por escrito, debiendo acompañar fotocopia de la documentación del vehículo acreditativa del cumplimiento de los requisitos (permiso de circulación y ficha técnica).
- Con carácter general, el efecto de la concesión de bonificaciones empieza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud y no puede tener carácter retroactivo. No obstante, cuando el beneficio fiscal se solicita antes de que la liquidación sea firme, se concederá si en la fecha del devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.
Beneficio fiscal
El 20 %.
Duración
Sin fecha fin de disfrute.