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Objeto
Aplicar un descuento (bonificación) en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje) a los vehículos híbridos.
Descuento aplicable
El 65% de la cuota del impuesto.
Duración
Primeros 5 años desde su fabricación.
Solicitud y requisitos
- Debe ser solicitado por la persona interesada, presentado:
- Solicitud.
- Fotocopia compulsada de la ficha técnica del vehículo y/o la etiqueta de eficiencia energética.
El descuento tendrá efecto a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud, y no puede tener carácter retroactivo.