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Bonificaciones municipales

Vehículos eléctricos, híbridos enchufables con autonomía mínima de 40 km o de pila de combustible

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de vehículos a motor deben pagar a su Ayuntamiento para circular por la vía pública.

Consulte la información publicada por la Administración aquí.

Objeto

Aplicar una bonificación (descuento) en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje) a los vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV),vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible (etiqueta ambiental 0 azul).

Descuento aplicable

El 75% de la cuota del impuesto, surtiendo efecto a partir del ejercicio siguiente al de la solicitud.

Duración

Indeterminada.

Solicitud

Debe ser solicitado por la persona interesada.