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Bonificaciones municipales

Vehículos eléctricos, bimodales o híbridos

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de vehículos a motor deben pagar a su Ayuntamiento para circular por la vía pública.

Información sobre las bonificaciones del impuesto

Objeto

Los vehículos eléctricos, bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas).

Requisitos

  • El titular del vehículo deberá estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales. 
  • La bonificación prevista en este apartado tiene carácter rogado y surtirá efecto, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquél en que se solicite, siempre que, previamente, se acredite ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento.

Beneficio fiscal

El 75 % de la cuota del impuesto.

Duración

Indeterminada.