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Objeto
Aplicar un descuento (bonificación) en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje) a los vehículos híbridos o bimodales, eléctricos y/o de emisiones nulas.
Descuento aplicable
El 50% de la cuota del impuesto.
Duración
Indeterminada.
Solicitud y requisitos
Debe ser solicitado por la persona interesada,presentando lo siguiente:
- Solicitud.
- Ficha técnica del vehículo adquirido.
- Permiso de circulación del vehículo adquirido.
La aplicación del descuento se aplicará en el ejercicio siguiente a la petición. No obstante, podrá surtir efectos en el ejercicio corriente, respecto de los vehículos que sean altas en el impuesto como consecuencia de su matriculación, pudiéndose aplicar directamente en la liquidación de alta si la persona interesada, acredita en ese instante cumplir con todos los requisitos anteriormente detallados.