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Objeto
Aplicar un descuento en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje) a los vehículos utilicen exclusivamente como combustible autogas.
Descuento aplicable
El 75% de la cuota del impuesto.
Duración
Indeterminado.
Solicitud y requisitos
- Se aplicará de oficio, de acuerdo a los datos informáticos suministrados por la Dirección General de Tráfico, sin perjuicio de que pueda ser solicitado por la persona interesada.
- El Ayuntamiento podrá requerir en cualquier momento el cumplimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento.