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Objeto
Vehículos en función de las características de los motores de los mismos y su incidencia en el medioambiente, esto es para aquellos que utilicen energías alternativas como es el caso de energía eléctrica y/o electrolítica así como aquellos vehículos provistos de motores con característica bifuel y/o los que hagan uso de gas metano, electro-metano, etc.
Requisitos
Estas bonificaciones tendrán carácter rogado y una vez declarada esta por la Administración se expedirá un documento que acredite su concesión surtiendo efectos desde el siguiente año a aquel en que se haya solicitado. Los de nueva matriculación , tendrán derecho a la bonificación en e l mismo año de su matriculación pero siempre que así se haya solicitado al Ayuntamiento y se justifique en el momento de producir la inscripción registral.
Beneficio fiscal
El 25 % en la cuota del impuesto.
Duración
Cuatro años desde el momento de su adquisición.