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Subvención para eficiencia energética y energías renovables en infraestructuras y edificios públicos

Subvención para eficiencia energética y energías renovables en infraestructuras y edificios públicos

Convocatoria de subvención para el ejercicio 2022, para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, actuaciones para la eficiencia energética y el uso de energías renovables en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos y aumentar el uso de energías renovables para la producción de electricidad y usos térmicos en edificación e infraestructuras públicas, en particular ofreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo, con una tasa de cofinanciación del 85%.

Entidades beneficiarias

  • Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma. 
  • Cabildos Insulares y Mancomunidades (solo de las actuaciones recogidas en los apartados C) y G) de la base 4º).

Líneas de actuación subvencionables

a) Auditorías energéticas en instalaciones o edificios dependientes o propiedad de los Ayuntamientos, siempre y cuando su realización conlleve la aplicación de las recomendaciones que sean técnica y económicamente viables, en el plazo de 3 años y antes del año 2023.

b) Obras de mejora o sustitución de equipos en el alumbrado público de los municipios que fomenten el ahorro energético, mediante la utilización de sistemas que proporcionen una mayor eficiencia técnica y energética. Las actuaciones energéticas podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo las siguientes. 

c) Inclusión de criterios de eficiencia energética en desalación, depuración, potabilización y distribución de agua.

d) Inclusión de medidas de ahorro y eficiencia en edificación e infraestructuras municipales.

e) Energías renovables dirigidas al autoconsumo eléctrico, asociadas a infraestructuras de desalación, depuración, potabilización y distribución de agua, de potencia inferior o igual a 100 kW.

Puedes consultar más información sobre las líneas de actuación en el apartado IV, y sobre los gastos subvencionables en el apartado V, de la Orden de 5 de abril de 2018.

 Cuantías de la convocatoria

  • Importe total de la convocatoria: 2.500.000€, repartido entre las diferentes líneas de actuación, según los porcentajes que puede consultar aquí
  • Auditorías energéticas: 50% del coste del estudio hasta un máximo de 25.000€. 
  • Para las líneas de actuación restantes: 60% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 80.000€ por solicitud.  

Puedes consultar más información sobre las cuantías de la subvención en el apartado VI, y los criterios de valoración en el apartado VII,  de la Orden de 5 de abril de 2018.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 6 de junio hasta el 5 de julio de 2022, de forma telemática en la sede electrónica del Gobierno de Canarias a través del procedimiento 7417, al cual puede acceder pinchando aquí

Cuando el/la solicitante detecte un problema técnico que le impida presentar la solicitud y obtener el correspondiente resguardo, deberá comunicarlo a través del formulario habilitado, debiendo constar:

  • Nombre de la entidad solicitante de la subvención afectada por la incidencia.
  • Número de borrador de solicitud generado en el procedimiento que esté afectado (o en su defecto el título del proyecto para el que se solicita subvención).
  • Exposición clara del problema técnico que ha ocurrido y cómo le está afectando a la tramitación.

Si esto ocurriese en los dos últimos días del plazo de presentación de solicitudes, podrá presentarla, de forma excepcional y alternativa, por Registro General Electrónico de la Comunidad Autónoma de Canarias o por el sistema ORVE. En este caso, serán admitidas únicamente aquellas solicitudes que aporten junto a la solicitud, las capturas de pantalla donde quede acreditado el acceso o intento de acceso de la entidad solicitante al aplicativo de tramitación habilitado para tal fin durante el plazo de presentación de solicitudes, y aparezca claramente reflejado el error que se ha producido. 

Cualquier solicitud presentada por vía alternativa fuera de los dos días indicados, será desestimada.

Las inversiones subvencionables con cargo a la presente convocatoria se podrán iniciar con posterioridad al 15 de febrero de 2021, siempre y cuando no se encuentren finalizadas a la fecha de solicitud de subvención, (base 7 de la Orden de 5 de abril de 2018).

El plazo de realización de la inversión subvencionada será el 20 de septiembre de 2022 y el plazo de justificación el 30 de septiembre del mismo año. Estos plazos son susceptibles de ampliación en los términos establecidos en la base 38 de la citada Orden de 5 de abril de 2018.

Documentación a presentar para la solicitud

Documentación obligatoria de carácter general:

  • Solicitud, a través de la sede electrónica
  • Documentos acreditativos de la personalidad de la entidad solicitante, y en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre. 
  • Plan de financiación o previsión de gastos e ingresos de la actividad a desarrollar.
  • Cronograma de ejecución, indicando al menos la fecha de inicio y la fecha fin de dicho plan de ejecución.

Documentación obligatoria-adicional:

Para solicitar la ayuda para auditorías energéticas: 

  • Memoria detallada en la que se incluya el consumo anual de las instalaciones a auditar y presupuesto desglosado del estudio.

Para solicitar la ayuda para obras de ahorro energético en alumbrados públicos: 

  • Memoria según Anexo III, acompañada de presupuesto detallado por unidad de obra y del estudio que contemple el ahorro energético previsto firmado por técnico competente.

Para solicitar la ayuda para proyectos de ahorro y eficiencia energética incluidos en las líneas de actuación C) y D):

  • Memoria detallada de las actuaciones previstas en la realización del proyecto, acompañada de presupuesto detallado por unidad de obra y de estudio que contemple el ahorro energético previsto, firmado por un/a técnico/a competente.

Para solicitar la ayuda para proyectos de utilización de energías renovables:

  • Memoria detallada de las actuaciones previstas en la realización del proyecto, acompañada de presupuesto detallado por unidad de obra y de estudio energético previo que, al menos contenga los resultados esperados de ahorro de energía primaria y final y reducción de emisiones de Gases de efecto invernadero (GEI), que suponen la realización de la actuación.

Para solicitar la ayuda para actuaciones en edificios:

  • Certificado energético del edificio existente en su estado actual, con el contenido que establece el artículo 6 del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, aprobado por Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, suscrita por técnico competente y registrado convenientemente.
  • Certificado energético del edificio alcanzado tras la reforma propuesta para la que se solicita ayuda, según el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, demostrando que el proyecto que solicita ayuda permite dar un salto en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono, con respecto a la calificación energética inicial del edificio, firmado por técnico competente, no siendo necesaria su inscripción en el registro. 

Otras documentación: 

  • Certificación acreditativa de la existencia de auditoría energética, y de que el proyecto solicitado se ajusta a las medidas propuestas en dicha auditoría. Cuando dicha auditoría haya sido subvencionada se deberá hacer mención expresa a la orden de concesión que la contemple.
  • Certificación acreditativa de la existencia de un Sistema de eficiencia energética implantado o plan de eficiencia energética adoptado, según Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, del cual el proyecto o la auditoría solicitada es una consecuencia. Este Plan debe estar en vigor, y contener actuaciones programadas y presupuestadas.
  • Certificación acreditativa de la existencia de contrato suscrito con un Proveedor de Servicios Energéticos (PSE) que contempla el proyecto solicitado.

Toda la documentación complementaria que los/las interesados/as deban aportar en la fase procedimental correspondiente, deberá estar firmada electrónicamente por una persona que ostente poder suficiente en el seno de la entidad que representa. En caso contrario, se deberá aportar la acreditación del poder suficiente con que actúa el/la nuevo/a firmante para ejercer dicha representación. El incumplimiento de alguna de estas obligaciones podrá ser causa de inadmisión de la solicitud o desistimiento, según la fase procedimental de que se trate.

Puedes consultar más información sobre la documentación a presentar para la solicitud, en el apartado VII de la Orden de 5 de abril de 2018.

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Más información

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como de cualquier entidad o empresa, puede dirigirse al Servicio de Eficiencia Energética y Nuevas energías del Área de Energía de la Consejería de Transición Ecológica, lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de canarias, con el cual puede contactar a través de los siguientes canales:

  • Teléfonos:  928 796 261/248/257/247; 922 924 661 o 922 924 699.
  • Sede electrónica: a través de la cual puede remitir sus consultas utilizando el trámite “Consultas en materia de Eficiencia Energética”, al cual puede acceder a través de este enlace