Oficinas Verdes Canarias

Buscar servicios, información, noticias, etc.

Facilitamos la transición ecológica

Ayudas y subvenciones

Subvención para la instalación de energía solar fotovoltaica en viviendas de Gran Canaria

Convocatoria del Cabildo de Gran Canaria, para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica en viviendas 2022.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, la instalación de sistemas de energía solar fotovoltaica en viviendas de Gran Canaria, con el objetivo de fomentar el autoconsumo eléctrico individual y colectivo.

Personas beneficiarias

  • Personas físicas propietarias de viviendas. 
  • Comunidades de personas propietarias.
  • Agrupaciones de personas propietarias de viviendas para autoconsumo colectivo.

No podrán ser beneficiarias las entidades que hayan recibido ayudas por el mismo objeto por parte del Consejo Insular de Energía de Gran Canaria en la anterior convocatoria, ni aquellas incursas en las circunstancias del Art 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones , o la Base 6º de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.

Cuantías

  • Cuantía total de la convocatoria: 588.949,45 €
  • Cuantía a subvencionar por cada punto de suministro (CUPS) elegible: 1€ por vatio de potencia, hasta un máximo de 3.000 € por punto de suministro (CUPS). 
  • En el caso de agrupaciones de personas propietarias para autoconsumo colectivo, se asignará el límite mencionado por cada punto de suministro (CUPS) de los integrantes de la agrupación, según la inversión realmente realizada por la persona beneficiaria en la instalación generadora, respecto de la potencia total instalada. 

La potencia subvencionable se calculará de acuerdo con lo dispuesto en la base novena del documento de corrección de erratas de la convocatoria y que además sea efectivamente instalada.
Conoce los gastos subvencionables de estas ayudas en la disposición séptima de la convocatoria.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Hasta el 31 de diciembre del 2022, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente: A través del procedimiento específico de la sede electrónica del Consejo Insular de Energía del Cabildo de Gran Canaria (CIEGC). Para más información puede consultar el Manual de acceso a la sede electrónica.  
  • Presencialmente: Presentando, en el Registro del Consejo Insular de Energía de Gran Canaria, el formulario en formato papel que puede descargar aquí, debidamente cumplimentado y acompañado de los documentos exigidos.  

Puede consultar más información en el manual de instrucciones de solicitud de la subvención.

Documentación a presentar para la solicitud

Documentación obligatoria de carácter general

  • Formulario de solicitud a través de la sede electrónica (para presentación presencial descargue el formulario aquí).
  • Documento acreditativo de la identidad de la persona/s solicitante/s, y en su caso, de la persona representante que actúe en su nombre, según modelo descargable.   
  • Nota simple informativa de la vivienda, expedida por el Registro de la Propiedad como máximo dentro de los tres meses anteriores a solicitud de la subvención, en la que figure como titular o cotitular de la vivienda la persona solicitante de la subvención. No se admitirán otros documentos para la acreditación de la propiedad de la vivienda.
  • Facturas de la electricidad del punto de suministro (CUPS) al que esté vinculada la instalación, de los 12 meses anteriores a la solicitud. 
  • Documento con la simulación de la instalación fotovoltaica, dispuesto en la web del CIEG

En el caso de una comunidad de personas propietarias:

  • Hacer constar expresamente en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los compromisos de ejecución asumidos por cada persona miembro de la comunidad o agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. 
  • Documentos de simulación de la instalación fotovoltaica, por cada uno de los puntos de suministro (CUPS) relacionados.
  • Facturas de la electricidad del punto de suministro (CUPS) al que esté vinculada la instalación, de los 12 meses anteriores a la solicitud, por cada uno de los puntos de suministro (CUPS) relacionados. 

En el caso de agrupaciones de personas propietarias para el autoconsumo colectivo:  

  • Hacer constar expresamente en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los compromisos de ejecución asumidos por cada persona miembro de la comunidad o agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. 
  • Nota simple informativa de cada una de las viviendas relacionadas, expedida por el Registro de la Propiedad como máximo dentro de los tres meses anteriores a solicitud de la subvención, en la que figure como titular o cotitular de la vivienda la persona solicitante de la subvención. No se admitirán otros documentos para la acreditación de la propiedad de la vivienda.

Para conocer la documentación opcional a presentar, pinche aquí.

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o aclaración, tanto de la ciudadanía como de cualquier entidad, empresa u organismo público puede dirigirse al Consejo Insular de Energía del Cabildo de Gran Canaria, a través de los siguientes canales:

  • Presencialmente: C/ Juan Domínguez Peña, s/n, Puerto del Rosario. 
  • Llamada telefónica: 928399713
  • Correo electrónico: subvenciones@energíagrancanaria.com