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Ayudas y subvenciones

Subvención para vehículos eléctricos puros en Fuerteventura 2023

Convocatoria del Cabildo de Fuerteventura, para la adquisición de vehículos eléctricos puros (Medida III).

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, la adquisición directa de vehículos 100 % eléctricos nuevos (procedentes de fábrica), y en régimen de propiedad.

Personas beneficiarias

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, que residan o tengan su domicilio social y fiscal en Fuerteventura, al menos desde el 1 de marzo del 2020, que pretendan la adquisición directa de vehículos 100 % eléctricos nuevos (procedentes de fábrica) en régimen de propiedad y que cumplan los requisitos exigidos.

NOTA: Las persona beneficiarias deberán cumplir con los requisitos exigidos en la base 2 de las bases reguladoras.

Para más información sobre las personas beneficiarias, consulta la base 2 de las bases.

Cuantías

  • Cuantía total de la convocatoria: 108.000 €, el cual se reparte de la siguiente manera:
  • 28.000€ para empresas.
  • 80.000€ para familias.
  • Cuantía máxima a conceder: 4.000 por solicitud.

Para más información sobre la cuantía de la subvención consulta la base 10 de las bases convocatoria y el anexo de la convocatoria.

Vehículos subvencionables

  • Vehículos 100% eléctricos, propulsados total y exclusivamente mediante motores eléctricos y que funcionen exclusivamente a partir de baterías.
  • Las baterías deberán ser propiedad del/la solicitante; no podrán estar en régimen de alquiler. 
  • Procedentes directamente de fábrica (vehículos nuevos).  
  • Matricularse en Fuerteventura.  
  • Pertenecer a las siguientes categorías:
  • Turismos M1: Vehículos para para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo. 
  • Furgonetas o camiones ligeros N1: Vehículos para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas.

No serán subvencionables:

  • Los vehículos usados.
  • Ni los gastos financieros consecuencia de la inversión.

Para más información sobre los vehículos subvencionables, consulta la base 4 de las bases.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 18 de abril hasta el 17 de mayo del 2023, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente, en la sede electrónica del Cabildo Insular de Fuerteventura, a la cual puede acceder pinchando aquí.
  • Presencialmente en las siguientes oficinas:
  • Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura (Avda. 1º de Mayo, número 39, Puerto del Rosario). 
  • Consejería de Industria, Energía, Comercio, Artesanía y Actividades Clasificadas (C/ Juan Domínguez Peña, s/n, Puerto del Rosario). 
  • Oficinas de Atención al Ciudadano (Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable).
  • Las contempladas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP.

NOTA: Si desea acudir a las Oficinas de Atención al Ciudadano o a cualquier dependencia del Cabildo debe tener cita previa, puede solicitarla pinchando aquí.

Para más información sobre el plazo y la forma de presentación, consulta la base 12 de las bases.

Documentación a presentar para la solicitud

Documentación obligatoria de carácter general

  • Formulario de solicitud, según modelo anexo I.
  • Contrato de compraventa o factura proforma (deberá aparecer como mínimo el precio del vehículo, impuestos no incluidos.
  • Documento del fabricante con los datos técnicos del vehículo.  
  • Declaración responsable, según modelo anexo II.  
  • Alta de terceros en el Cabildo de Fuerteventura, puedes descargar el modelo aquí

En el caso de NO autorizar a la administración que consulte los datos tributarios y con la Seguridad Social (indicado expresamente en el anexo II), presentar:

  • Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la seguridad social. 
  • Certificados de hallarse al corriente frente a las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal. 
  • Certificados de hallarse al corriente frente a las obligaciones con la Agencia Tributaria Canaria.

Además,

En el caso de personas físicas, presentar:

  • DNI del/la solicitante, y en su caso del representante. 
  • Hoja Padronal con todos los  miembros de la unidad familiar.
  • IRFP 2021 de todos los miembros de la unidad familiar.

En el caso de personas jurídicas, presentar:

  • Tarjeta de identificación fiscal y DNI de la persona representante. 
  • Escrituras de representación. 
  • Escrituras de constitución de la entidad. 
  • IRFP 2021.

Para más información sobre la documentación a presentar consulta la base 12 de la bases reguladoras.

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Puede dirigirse al Cabildo de Fuerteventura al Servicio de Industria y Actividades Clasificadas ubicado en C/ Juan Domínguez Peña, s/n, Puerto del Rosario o llamar al 928 85 50 03 / 928 85 89 12.