Información sobre la subvención
Objeto
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, el funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, con la finalidad de abaratar el precio final del agua potable para consumo doméstico producido en esas plantas, impulsando al eficacia y eficiencia en todo el proceso.
Entidades beneficiarias
- Entidades Locales o empresas públicas o concesionarias que en Canarias cumplan las siguientes condiciones:
- a) Ser o haber sido titulares del servicio público de abastecimiento de agua o de la explotación del mismo.
- b) Verter o haber vertido agua, obtenida a través de un proceso de desalación de agua de mar, a la red de distribución para el consumo doméstico.
- Consejos Insulares de Aguas o Cabildos Insulares que, no cumpliendo con la condición a) del apartado anterior, actúen en representación de la Administración Municipal correspondiente.
Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta la base 3 de la convocatoria.
Cuantías de la convocatoria
- Importe total: 8.500.000 €.
Para más información sobre la cuantía de la subvención, consulta la base 7 de la convocatoria.
Periodo de actuación subvencionado
Las actuaciones a subvencionar deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive.
Las entidades y empresas que hubieran reunido las condiciones establecidas para ser beneficiarias dentro del periodo de actuación subvencionado, pero que en el momento de publicación de dicha convocatoria ya no reuniera tales condiciones, podrán solicitar las subvenciones referidas al periodo durante el que realizaron la producción, explotación o distribución del servicio público de abastecimiento de agua.
NOTA: En el caso de que la producción, explotación o distribución del servicio público de abastecimiento de agua se hubiera realizado por dos o más entidades/empresas distintas dentro del periodo de actuación subvencionado, cada persona beneficiaria podrá solicitar únicamente la subvención referida a la parte correspondiente del periodo en el que hubiera gestionado la producción, explotación o distribución del servicio público de abastecimiento de agua.
Para más información sobre el periodo de actuación subvencionado, consulta la disposición tercera y base 3 de la convocatoria.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
Desde el 3 de noviembre hasta el 11 de este mismo mes, pudiendo presentarla:
- Telemáticamente, a través del procedimiento 7319, habilitado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, al cual puede acceder pinchando aquí.
Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta la base 5 de la convocatoria.
Documentación a presentar para la solicitud
- Formulario de solicitud, a través del procedimiento 7319 de la sede electrónica al cual puede acceder pinchando aquí.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario, según la base 3.
- Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad solicitante y de la acreditación de representación.
NOTA: Para el caso de los Consejos Insulares de Aguas y Cabildos insulares, se deberá aportar el título habilitante en virtud del cuál actúan.
- Declaración de todas las subvenciones relativas a las ayudas regionales recibidas al funcionamiento en aplicación del artículo 15.4 del Reglamento (UE) nº 651/2014 (modificado por Reglamento (UE) 2017/1084), solicitadas a la Comunidad Autónoma, la Unión Europea o cualesquiera otras Administraciones o Entes Públicos nacionales o internacionales.
- Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas recogidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario.
- Declaración de no ser deudor de la Administración por resolución de procedencia de reintegro, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento que desarrolla la Ley.
- Datos certificados (justificados) por un/a auditor/a de cuentas o un/a interventor/a para cada planta, referido a los siguientes extremos:
- Volumen de agua potabilizada en cada planta.
- Volumen de agua vertida a la red pública de distribución procedente de fuentes distintas a las plantas potabilizadoras.
- Diferencia entre el volumen de agua almacenado en los depósitos al inicio y final del período considerado.
- Volumen de agua facturada.
- Ingresos totales por facturación de agua.
- Kwh consumidos en los procesos de desalación.
- Facturas de consumo del suministro eléctrico efectuado en todos y cada uno de los procesos: de captación y bombeo de agua de mar a planta; de trasiego en planta incluida filtración y economizadores; de obtención de agua producto en procesos de alta presión y del bombeo de agua producto de planta a depósito distribución.
NOTA: Todos los datos anteriores irán referidos al período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive.
- Certificación (justificación) de los costes incurridos en el proceso de potabilización del agua desalada en términos de gastos pagados, debiendo contener los siguientes elementos referidos al periodo para el que se solicite la subvención:
- Memoria de actuación.
- Memoria económica abreviada cuyo contenido incluya:
- Datos físicos del proceso de desalación de producción, almacenamiento y consumo a que hace referencia, según la base 7.
- Costes directamente imputables a la acción de desalación y de vertido de agua y, en su caso, el criterio seguido de imputación de los costes indirectos, debidamente certificados por el auditor. Se considerarán costes directos los que se apliquen directamente al proceso de desalación o de vertido, en particular: energía, mano de obra, compras y suministros, reposición de elementos del equipo, mantenimiento, amortización y conservación.
- Ingresos generados por la desalación, así como los procedentes de subvenciones a la desalación, en su caso.
NOTA: Los gastos parcialmente imputables, a los que se hace referencia en el artículo 31.9 de la Ley General de Subvenciones, se incorporarán a la justificación en la parte correspondiente, indicando el criterio seguido para calcularlos.
Para más información sobre la documentación a presentar, consulta la base 5 de la convocatoria.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
- ORDEN de 26 de septiembre de 2022 (Bases reguladoras y convocatoria).