Oficinas Verdes Canarias

Buscar servicios, información, noticias, etc.

Facilitamos la transición ecológica

Ayudas y subvenciones

Subvención plantas potabilizadoras de agua 2023

Convocatoria de subvención del Gobierno de Canarias para el año 2023, destinada a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en Canarias.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar,en régimen de concurrencia competitiva, el funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias con la finalidad de abaratar el precio final del agua potable para consumo doméstico producido en esas plantas, impulsando la eficacia y eficiencia en todo el proceso.

Entidades beneficiarias

  • Entidades Locales o empresas públicas o concesionarias, cuya actividad sea el suministro de agua potable para consumo doméstico en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan las siguientes condiciones: 
  1. Ser o haber sido titulares del servicio público de abastecimiento de agua o de la explotación del mismo. 
  2. Verter o haber vertido agua, obtenida a través de un proceso de desalación de agua de mar, a la red de distribución para el consumo doméstico.
  • Consejos Insulares de Aguas o Cabildos Insulares que, no cumpliendo con la condición a) del apartado anterior, actúen en representación de la Administración Municipal correspondiente.

Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta la base 3 de las bases reguladoras.

Cuantía de la convocatoria

  • El importe total de la convocatoria es de hasta 8.500.000 €. 

Para más información sobre la cuantía de la subvención, consulta la base 7 de bases reguladoras. 

Plazo y presentación de solicitud

Desde el 1 de agosto hasta el 14 de este mismo mes, pudiendo presentarla:

Telemáticamente, a través del procedimiento 8129, habilitado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, al cual puede acceder pinchando aquí

Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta la base 5 de las bases reguladoras.

NOTA: Las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, ambos inclusive.

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud, a través del procedimiento 8129 de la sede electrónica al cual puede acceder pinchando aquí
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario, según la base 3
  • Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad solicitante y de la acreditación de representación. 

NOTA: Para el caso de los Consejos Insulares de Aguas y Cabildos insulares, se deberá aportar el título habilitante en virtud del cuál actúan. 

  • Datos certificados (justificados) por un/a auditor/a de cuentas o un/a interventor/a para cada planta, referido a los siguientes extremos: 
  1. Volumen de agua potabilizada en cada planta. 
  2. Volumen de agua vertida a la red pública de distribución procedente de fuentes distintas a las plantas potabilizadoras. 
  3. Diferencia entre el volumen de agua almacenado en los depósitos al inicio y final del período considerado. 
  4. Volumen de agua facturada. 
  5. Ingresos totales por facturación de agua. 
  6. Kwh consumidos en los procesos de desalación.
  • Facturas de consumo del suministro eléctrico efectuado en todos y cada uno de los procesos: de captación y bombeo de agua de mar a planta; de trasiego en planta incluida filtración y economizadores; de obtención de agua producto en procesos de alta presión y del bombeo de agua producto de planta a depósito distribución. 

NOTA: Todos los datos anteriores irán referidos al periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, ambos inclusive.

  • Certificación (justificación) de los costes incurridos en el proceso de potabilización del agua desalada en términos de gastos pagados, debiendo contener los siguientes elementos referidos al periodo para el que se solicite la subvención:
  • Memoria de actuación.
  • Memoria económica abreviada cuyo contenido incluya lo indicado en el apartado 4.i)-b) de la base 5

NOTA: Los gastos parcialmente imputables, a los que se hace referencia en el artículo 31.9 de la Ley General de Subvenciones, se incorporarán a la justificación en la parte correspondiente, indicando el criterio seguido para calcularlos. 

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta la base 5 de la convocatoria. 

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces: