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Ayudas y subvenciones

Subvenciones para rehabilitación y mejora de eficiencia energética de viviendas en Arico

Convocatoria de subvención para mejorar las condiciones de habitabilidad y accesibilidad, promover la eficiencia energética y el uso de energías renovables, de las viviendas de Arico.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, la rehabilitación de la vivienda habitual de las personas empadronadas en el municipio de la Villa de Arico, con el objeto de mejorar sus condiciones de habitabilidad y accesibilidad, promover la eficiencia energética y el uso de energías renovables.  

Personas beneficiarias

Personas físicas, propietarias, copropietarias o usufructuarias o con derecho de uso de la vivienda objeto de rehabilitación atribuido, en virtud de resolución judicial, que cumplan con los requisitos establecidos en la base 3 de las bases reguladoras.

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total de la convocatoria: hasta el 100% del presupuesto a subvencionar aportado por la persona solicitante, con un máximo de 10.000€.

Para más información sobre créditos, cuantías de la subvención y compatibilidad, consulta la base 7 de la convocatoria.

Actuaciones subvencionables

  • Las obras de conservación o reforma consistentes en la sustitución de acabados interiores o exteriores de la vivienda, tales como solados, alicatados, yesos y pinturas. 
  • Obras de conservación, restauración, reforma, rehabilitación o reestructuración de edificaciones e instalaciones, siempre que no afecten a edificios catalogados ni supongan incremento de volumen o edificabilidad y las que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio.
  • Gastos estrictamente relacionados con la ejecución de las obras, materias,mano de obra, etc. Y todos aquellos gastos complementarios, previos o posteriores a la ejecución de estas obras, tales como trámites administrativos, entre los que se incluyen aquellos tendentes a la legalización de la vivienda, que realmente pueda ser legalizable, en la que se lleva a cabo la actuación, como gastos de gestión, gastos de notaría, honorarios de facultativos, y aquellos otros que sean necesarios para el cumplimiento de los requisitos para la realización de las obras y su puesta al uso. 

NOTA: El plazo para la ejecución de la totalidad de las obras y actuaciones de rehabilitación por los/as destinatarios/as últimos/as de las ayudas, finalizará el día 31 de enero de 2023.

Para más información sobre las actuaciones subvencionables y sobre sus requisitos consulta la base 2 y la base 4 de las bases reguladoras. 

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 21 de julio hasta el 15 de septiembre de 2022, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente: a través del trámite “Subvención para la rehabilitación de viviendas 2019- 2020” habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento, al cual puede acceder a través de aquí.   

  • Presencialmente: En el Ayuntamiento, para lo que deberá cita previa a través de la sede electrónica “Cita Previa: Rehabilitación de Viviendas 2019-2020” o llamando al teléfono 922768242 extensión 800 de lunes a viernes de 9.00 a 13.30 horas.

Para obtener más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta la base 9 de las bases reguladoras. 

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud, a través de la sede electrónica (para presentación presencial descargue el formulario aquí).

  • Documentación acreditativa de la personalidad de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia y libro de familia (en el caso que exista menores).

En el caso de que se solicite a través de un/a representante:

  • Documento acreditativo de la identidad del representante.
  • Poder o autorización escrita de representación, según anexo III o por cualquier medio válido en derecho. 
  • Si corresponde, documentos acreditativos de la situación socio-familiar: tarjeta de familia numerosa, certificado de discapacidad o dependencia, documento que acredite ser víctima de violencia de género o cualquier otro documento que demuestre otra circunstancia especial.

  • Memoria descriptivas de las obras y gastos complementarios a ejecutar con el presupuesto del coste de cada una de las unidades de obras, así como el presupuesto total de las mismas; puede utilizar el modelo del anexo III.

  • Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda (derecho de propiedad, usufructo o resolución judicial que atribuya el derecho de uso), según:

En el caso de personas propietarias/copropietarias:

  • Último recibo del impuesto de bienes inmuebles correspondiente al ejercicio 2021, acompañado si es posible de escrituras de propiedad, nota simple registral, documentos privados debidamente legitimados siempre asistidos de certificación catastral o certificación catastral por sí misma. 

En el caso que existan personas copropietarias:

  • Declaración jurada de las personas que no residan en la vivienda, en la que se refleje que se permite la realización de las obras de rehabilitación, acompañada del documento acreditativo de la identidad del/las personas declarantes.

En el caso que existan personas usufructuarias:

  • Documentación notarial o registral que así lo acredite, o bien Sentencia Judicial que la constituya.
  • Cualquier otro documento que el interesado considere de su interés presentar en apoyo de su solicitud, o que la Administración considere oportuno para verificar el cumplimiento con las bases.

Para más información sobre la documentación a presentar para la solicitud, consulta la base 10 de las bases reguladoras.  

Más información

Para cualquier consulta puedes llamar al teléfono 922768242 extensión 800, de lunes a viernes de 9.00 a 13.30 horas.