Información sobre la subvención
Objeto
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos de nuevos modelos de negocio en la transición energética, relacionados con la innovación, la descarbonización del sistema y mejora de la integración de energías renovables, o la promoción y el desarrollo de nuevos proyectos empresariales (startups) en el sector.
Entidades beneficiarias
- Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Administraciones Públicas.
- Organismos públicos de investigación.
- Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Otros centros públicos de I+D.
- Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D.
- Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
- Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
- Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica o desarrollo normativo.
- Comunidades energéticas.
- Agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o que se encuentren en la situación que motiva la concesión y que cumplan con los requisitos.
Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta el art. 4 y art. 5 de las bases reguladoras.
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria: 156.000.000 €, la cual se reparte entre las tres líneas de actuación de la siguiente forma:
- Innovación en la transición energética: 20.000.000 €
- Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables: 20.000.000 €
- Startups para la transición energética: 10.000.000 €
Para más información sobre las actuaciones subvencionables y sobre las cuantías, consulta la disposición 4º y 8º de la convocatoria y el art.3 y art.10 de las bases reguladoras.
Plazo y presentación de solicitud
Desde el 12 de junio de 2023 hasta la 14h del 1 de agosto del 2023, pudiendo presentarla:
- Telemáticamente, a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica del IDAE, al cual puede acceder pinchando aquí.
Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites.
Documentos de interés
Accede a información más detallada a través de los siguientes enlaces:
- Orden TED/1359/2022, de 28 de diciembre (bases reguladoras)
- Resolución de 2 de junio de 2023 (convocatoria)
- BOE n.º 136, de 8 de junio de 2023 (Extracto publicado)
Más información
Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:
Para cualquier duda o aclaración relacionadas con los siguiente temas, puede dirigirse a:
- Incidencia informática: soporteinformatico.nuevosmodelos@idae.es
- Bases reguladoras y convocatoria: solicitudes.nuevosmodelos@idae.es
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales:
- Formulario de contacto
- Correo electrónico: ciudadano@idae.es
- Fax (91 523 04 14)
- WhatsApp (910 789 894)
- Llamada telefónica (913 146 673)