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Plan de Recuperación de Canarias

1º Convocatoria para instalaciones de biogás

Primera convocatoria de subvención del programa de incentivos a proyectos singulares de instalaciones de biogás, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos singulares de instalaciones de producción de biogás, aprovechamiento de éste como combustible en producción de calor/ frío o producción de electricidad, para depuración hasta biometano y tratamiento del digerido de la instalación de biogás.

Programas y beneficiarios/as

Programa de incentivos 1: beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, considerando como beneficiarios/as:

  • Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente.
  • Empresas con personalidad jurídica propia. Se entenderá por micro, pequeña y mediana empresa lo establecido en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. 
  • Las empresas que realicen proyectos elegibles, incluyendo las explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía y/o medioambiente. 
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, deberán actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las tipologías de actuaciones recogidas en esta orden, debiendo acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada. 
  • Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia. 
  • Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluidas las cooperativas. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, deberá cumplirse con lo establecido en el artículo 67 del Real Decreto-Ley 36/2020, y el artículo 11.3 de la Ley 38/2003.
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001 y de la Directiva 2019/944, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio.

Programa de incentivos 2: beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entre los mismos, personas jurídicas públicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica, considerando como beneficiarios/as:  

  • El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público..
  • Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas no pertenecientes a la Administración General del Estado
  • Las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia, cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado.
  • Las personas físicas o jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.

Para más información sobre las personas y entidades beneficiarias, consulta la disposición cuarta de la convocatoria. 

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total de la convocatoria: 150.000.000€, el cual se reparte entre los programas de la siguiente forma:
  • Programa de incentivos 1: 75.000.000€.
  • Programa de incentivos 2: 75.000.000€.

Para más información sobre la cuantía de las ayudas y sobre la distribución del presupuesto entre los programas de incentivos, consulta el anexo III y el anexo V de la convocatoria.

Actuaciones subvencionables

Proyectos singulares de instalaciones de biogás que contemplen la realización de una o varias de las actuaciones siguientes:

  • Instalaciones de producción de biogás con materias primas, mediante digestión anaerobia siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano. 
  • Instalaciones para la producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia a partir de biogás o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado a), se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético.
  • Instalaciones para tratamiento del digerido.

NOTA: Las actuaciones subvencionadas en el caso del programa de incentivos 1 no podrán iniciarse antes de la fecha de registro de la solicitud de la ayuda y en el caso del programa 2 no podrá iniciarse con anterioridad a la fecha de publicación de las bases reguladoras, en el Boletín Oficial del Estado (disposición sexta de la convocatoria).

Para más información sobre las actuaciones subvencionables, requisitos y costes elegibles, consulta el artículo 8 y el artículo 9 de las bases y el anexo I de la convocatoria.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 12 de septiembre hasta las 14:00 del 28 de octubre 2022, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente, a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica del IDAE, al cual puede acceder pinchando aquí.

NOTA: Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites. Para más información sobre cómo presentar las solicitudes, tiene a su disposición el Manual de usuario para solicitar la ayuda.

 Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta la disposición duodécima de la convocatoria. 

Documentación a presentar para la solicitud

Documentación general

  • Formulario de solicitud, a través de la sede electrónica del IDAE, pinchando aquí.
  • Copia del NIF/NIE de la entidad o persona solicitante.

Si la solicitud se presenta a través de un/a representante:

  • Documento acreditativo de la identidad del/la representante (DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica).
  • Documentación acreditativa de las facultades del/la representación, debidamente inscrita en los registros públicos correspondientes.
  • Declaración responsable firmada por la entidad, persona solicitante o, si es el caso, por el/la representante, modelo disponible aquí (cumplimentar según indica el anexo II A1.c de la convocatoria).

Si en esta declaración, se deniega la consulta de información, presentar:

  • Certificado de residencia fiscal. 
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones ante la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones de pago ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 
  • Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI), modelo disponible aquí.
  • Presupuesto desglosado de empresa/s que realizarán las actuaciones, el cual no podrá suponer un compromiso firme de ejecución (según indicaciones del anexo II.A1.f de la convocatoria). 

Si el/la beneficiario/a está sujeto a normativa de contratación pública, presentar:

  • Borrador de los pliegos de licitación correspondientes, los cuales no podrán suponer un compromiso firme de ejecución. 
  • Memoria firmada por un/a técnico/a competente o empresa instaladora, donde se justifique que la reducción de gases de efecto invernadero es igual o superior al 80 % (calor y/o electricidad) o al 65% (uso en transporte) o Declaración responsable cumplimiento ahorro 80% GEI (calor y/o electricidad) o 65% (uso en transporte), según modelos disponibles aquí.
  • Resguardo de constitución de garantía para la participación en la convocatoria y ejecución del proyecto ante la Caja General del Depósitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de las bases reguladoras.

Documentación específica según solicitante

Entidades con personalidad jurídica propia (excepto para Universidades privadas y centros privados de investigación y desarrollo):

  • Escritura pública de constitución.

Además, según los siguientes casos:

Empresas:

  • Certificado del Registro Mercantil o, en su defecto, poder notarial. NOTA: En cualquiera de los casos, deberá aparecer el/la firmante de la solicitud de la ayuda como representante de la empresa.
  • Documentación que acredite la inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente. 
  • Declaración responsable de la condición de pequeña y mediana empresa, firmada por la persona representante de la empresa, modelo disponible aquí.

Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias en el ámbito de la energía y /o medioambiente:

  • Justificación y garantía del mantenimiento y operación de la actuación subvencionada al menos durante 5 años.

Empresas de servicios energéticos:

  • Contrato establecido a tal fin con la propiedad que acredite su capacidad de actuación por un periodo de al menos 5 años.  

Comunidades energéticas:

  • Estatutos actualizados, convenientemente registrados en el registro público que corresponda. 
  • Declaración que acredite la participación abierta y voluntaria, y la finalidad primordial de la comunidad energética, modelo disponible aquí
  • Declaración que acredite que el control efectivo en la entidad jurídica beneficiaria lo ejercen socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, modelo disponible aquí

Entidad vinculada o dependiente de la administración:

  • Declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a una comunidad autónoma o a una entidad local.

Consorcios:

  • La escritura pública de constitución, presentada ante notario, contendrá como mínimo denominación, objeto, domicilio social, duración, socios y porcentajes de participación, designación de gerente único, así como la constancia de la responsabilidad solidaria e ilimitada de cada uno de los socios.
  • Certificado de inscripción en el registro correspondiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en lugar del certificado en el registro mercantil. 

Consorcios o agrupaciones sin personalidad jurídica*:

  • Documento de colaboración o instrumento análogo formalizado por la persona representante, que recoja:
  • Aceptación y designación expresa del/la representante único/a de todas las entidades que forman parte del consorcio o agrupación, que formule la solicitud y reciba el importe total de la ayuda otorgada.
  • Aceptación expresa de participación de todas ellas en el programa de incentivos, asumiendo la totalidad de compromisos y obligaciones derivados del mismo, con detalle de los compromisos de ejecución correspondientes a cada miembro de la agrupación así como importe de la ayuda a aplicar a cada uno de ellos.

*NOTA: Esta misma documentación deberá aportarse al IDAE por los integrantes que se incorporen con posterioridad a la solicitud.

Personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado:

  • Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o Certificado de Situación Censal (expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria). Puede solicitarlo telemáticamente a través de este enlace.

Documentación específica según el caso

Para instalaciones con >100 kW de potencia nominal, se aportará un informe que indique:

  • Plan estratégico de origen de componentes y su impacto.
  • Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar perjuicio significativo a ninguno de los objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020.
  • Memoria resumen de cumplimiento de la valorización del 70% de los residuos de construcción y demolición generados en las obras civiles realizadas.

*Para la realización de este informe el IDAE ha puesto a disposición una guía, la cual puede descargar aquí

Para instalaciones <100 kW de potencia nominal, se aportará un informe que indique:

  • Declaración responsable de cumplimiento con el principio de «no causar un perjuicio significativo» al medio ambiente, modelo disponible aquí.  

Para las instalaciones de depuración hasta biometano para uso energético:

  • Declaración responsable uso biometano en transporte, según modelo disponible aquí
  • Declaración de no tener suscrito ningún acuerdo por el cual, total o parcialmente, el biometano se utilice para la obtención de certificados verdes, en el marco de un mecanismo de apoyo establecido, o que se pudiera establecer en el futuro en el ámbito nacional, de la Unión Europea o internacional, modelo disponible aquí.   

Si con posterioridad a la aceptación de la ayuda, el biometano generado se utilice para la obtención de certificados verdes, presentar:

  • Declaración en la el/la beneficiario/a comunique que tiene concedida esta u otras ayudas y el importe de las mismas, según modelo disponibles aquí
  • En el caso de que el certificado lo obtenga el beneficiario/a, dicha comunicación deberá ser realizada a la entidad que los emita. En otro caso, la venta se condicionará a que el comprador y el resto de sujetos que participen lo comuniquen finalmente a la entidad que los emita.

En el caso de participar en el programa de incentivos 2:

  • Acreditación de no realizar actividad económica.

En el caso de que el biometano generado se destina para uso del transporte:

  • Declaración responsable de la potencia de biometano para uso en transporte, modelo disponible aquí.

En el caso de utilizar residuos de industrias:

  • Justificación de que el proyecto es la mejor opción viable según la jerarquía de gestión de residuos.

En el caso de solicitar C5 o C6:

  • Declaración responsable para las combinaciones C5 o C6, modelo disponible aquí.

En caso de cogeneraciones nuevas:

  • Justificación de tratarse de una cogeneración de alta eficiencia en los términos definidos en la presente convocatoria.

En el caso de que el proyecto guarde relación con plantas de tratamiento mecánico biológico:

  • Justificación de que el mismo no conlleva un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o una prolongación de su vida útil. 

Documentación técnica

  • Memoria general del proyecto, según indicaciones del anexo II.A2. i de la convocatoria. 
  • Datos de las materias primas utilizadas para la producción del biogás, según indicaciones del anexo II.A2. ii de la convocatoria.

Además, según el caso:

Para las instalaciones de producción de biogás (T1):

  • Memoria técnica para instalaciones de producción de biogás (T1), según indicaciones del anexo II.A2. iii. a) de la convocatoria.

Para las instalaciones para producción de energía térmica (T2.1):

Para las instalaciones de producción de energía eléctrica (T2.2):

Para las instalaciones de Cogeneración de alta eficiencia (T2.3):

Para las instalaciones de depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección en la red, usos térmicos distintos del transporte o para cogeneración eléctrica de alta eficiencia (T2.4):

Para las instalaciones de tratamiento del digerido (T3):

En el caso de que se solicite valoración:

  • Instalaciones de valorización del CO2.
  • Proyecto con otros elementos innovadores. 
  • Impacto social y de género.
  • Acreditación municipio reto demográfico.
  • Acreditación municipio transición justa.
  • Acreditación del impacto sobre el reto demográfico y la transición justa.
  • Acreditación del impacto sobre consumidores vulnerable.
  • Acreditación del impacto sobre la igualdad de género.
  • Acreditación de que el proyecto se realice por cooperativas agrarias.
  • Acreditación de que el proyecto se realiza por entidad sin ánimo de lucro.
  • Acreditación de proyecto realizado por SAT.
  • Presentación de Informe del Gobierno autonómico y/o local relativo a la adecuación. del proyecto a las prioridades de la política autonómica y/o local.

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta el  anexo II de la convocatoria.

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la  solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.biogas@idae.es

Para consultas sobre las Bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a solicitudes.biogas@idae.es

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: