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Plan de Recuperación de Canarias

2º Convocatoria Programa MOVES SINGULARES II

Segunda convocatoria de subvención del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible, fomentando el desarrollo de proyectos por parte de empresas españolas, a fin de alcanzar la madurez tecnológica que facilite su comercialización.  

Entidades beneficiarias

  • Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (micro, PYME y Gran Empresa).
  • Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.
  • Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio.
  • El sector público institucional al que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/ 2015 de 1 de octubre, y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.

Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta la disposición cuarta de la convocatoria. 

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total: 264.000.000€.
  • Importe máximo a conceder: 40% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido), pudiendo incrementarse en un 10% para medianas empresas, y en un 20% para micro y pequeñas empresas, con un límite de 15.000.000€ por proyecto y entidad beneficiaria.  
  • Importe de inversión por proyecto: 100.000€.

Para más información sobre la cuantía de las ayudas y sobre la compatibilidad, consulta la disposición quinta de la convocatoria.

Actuaciones subvencionables

Solo podrán incentivarse los proyectos que presenten un grado significativo de innovación en alguna de las siguientes áreas, y contribuyan a elevar el nivel de protección del medio ambiente (excepto las actuaciones contempladas en el apartado II-e) del anexo I de las bases: “Implantación de hidrogeneras para vehículos de pila de combustible”, ya que estas actuaciones disponen de programas de apoyo específicos):

  • Movilidad eléctrica y aplicaciones TIC.  
  • Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos innovadora, recarga de hidrógeno para vehículos e integración con otras redes inteligentes. 
  • Aplicaciones de nuevos desarrollos de baterías y almacenamiento eléctrico para movilidad.

NOTA: Sólo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda (disposición sexta de la convocatoria). Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses, contados a partir de la fecha de notificación de concesión de la ayuda (disposición novena de la convocatoria).

Para más información sobre las actuaciones y los costes subvencionables, consulta el anexo I y el artículo 9 de las bases.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 3 de octubre hasta las 14:00 del 24 de noviembre del 2022, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente, a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica del IDAE, al cual puede acceder pinchando aquí.

NOTA: Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites. Para más información sobre cómo presentar las solicitudes, consulte el Manual de usuario para solicitar la ayuda, puesto a disposición por el IDAE en su sede electrónica, y el cual puede descargar pinchando aquí

 Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta la disposición sexta de la convocatoria.

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud: a través de la sede electrónica del IDAE, a la cual puede acceder pinchando aquí.
  • Consentimiento expreso para que el órgano instructor consulte los siguiente datos:
  • Datos de identidad de la persona física titular del establecimiento o de la persona jurídica. Puede descargar el modelo de consentimiento facilitado por el IDEA en la sede electrónica, pinchando aquí.   
  • Consulta de datos de Hacienda y Seguridad social.  Puede descargar el modelo de consentimiento facilitado por el IDEA en la sede electrónica, pinchando aquí.  

En el caso de no presentar consentimiento, debe presentar:

  • Copia del NIF/NIE de la persona física titular del establecimiento o tarjeta de identificación fiscal (NIF).
  • Documento acreditativo de la identidad del/la representante (DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica).
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones ante la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones de pago ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 
  • Documentación acreditativa de las facultades del/la representación, debidamente inscrita en los registros públicos correspondientes.
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios establecidos para adquirir la condición de beneficiario. Puede descargar el modelo facilitado por el IDAE en la sede electrónica, pinchando aquí (anexo II).  
  • Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer, de acuerdo con el formato y modelo facilitado por el IDAE en su sede electrónica; también puede descargar dicho modelo pinchando aquí.
  • En su caso, informe del Gobierno autonómico donde se realice la actuación, indicando la adecuación de la misma a las prioridades de su política autonómica. Puede descargar el modelo facilitado por el IDEA en la sede electrónica, pinchando aquí.
  • Cuestionario de autoevaluación, debidamente cumplimentado, del cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo» al medio ambiente en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el cual puede descargar aquí. La evaluación podrá ser realizada por el interesado o por una entidad independiente.

Documentación específica, según solicitante:

Empresas:

  • Certificado del Registro Mercantil o, en su defecto, poder notarial. NOTA: En cualquiera de los casos, deberá aparecer el/la firmante de la solicitud de la ayuda como representante de la empresa.
  • Documentación que acredite la inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente. 
  • Declaración responsable de la condición de pequeña y mediana empresa, firmada por la persona representante de la empresa. Puede descargar el modelo facilitado por el IDEA en la sede electrónica, pinchando aquí.

Entidad vinculada o dependiente de la administración:

  • Declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a una comunidad autónoma o a una entidad local.

Consorcios o agrupaciones empresariales con personalidad jurídica:

  • La escritura pública de constitución, presentada ante notario, contendrá como mínimo denominación, objeto, domicilio social, duración, socios y porcentajes de participación, designación de gerente único/a, así como la constancia de la responsabilidad solidaria e ilimitada de cada uno de los socios.
  • Certificado de inscripción en el registro correspondiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en lugar del certificado en el registro mercantil (a efectos de identificación como PYME, los datos de empleados, volumen y balance han de ser la suma de cada uno de los partícipes en el proyecto).  

Consorcios o agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica:

  • Documento de colaboración o instrumento análogo formalizado por la persona representante, que recoja:
  • Aceptación y designación expresa del/la representante único/a de todas las entidades que forman parte del consorcio o agrupación, que formule la solicitud y reciba el importe total de la ayuda otorgada.
  • Aceptación expresa de participación de todas ellas en el programa de incentivos, asumiendo la totalidad de compromisos y obligaciones derivados del mismo, con detalle de los compromisos de ejecución correspondientes a cada miembro de la agrupación así como importe de la ayuda a aplicar a cada uno de ellos.

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta el  artículo 11 de las bases.

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.MOVES_Singulares2@idae.es

Para consultas sobre las Bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a MOVES_Singulares2@idae.es.

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales:

  • Formulario de contacto.
  • Correo electrónico: ciudadano@idae.es 
  • Telefónica: +34 913 146 673 en horario de 9 h. a 14 h. de lunes a viernes.