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Plan de Recuperación de Canarias

Convocatoria Oficinas de Transformación comunitaria

Subvenciones para la creación de Oficinas de Transformación Comunitaria para la promoción y dinamización de comunidades energéticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Información sobre la subvención

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, la ejecución de proyectos y puesta en marcha y funcionamiento de  las Oficinas de Transformación comunitaria, así como la adecuación de oficinas existentes en Oficinas de Transformación Comunitaria (OTCs) para la promoción y dinamización de comunidades energéticas. 

Entidades beneficiarias 

  • Personas jurídicas públicas o privadas, salvo la Administración General del Estado, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España y asuman la responsabilidad del correcto funcionamiento de las OTCs asumiendo los gastos que sean necesarios para el desarrollo de las actuaciones de las mismas.

NOTA: Cabe señalar que no es un requisito de la OTC conformarse como una persona jurídica independiente.

Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos y obligaciones recogidos en el artículo 7 de las bases reguladoras. 

Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta el artículo 6 de las bases reguladoras. 

Proyectos financiables

Proyectos que contemplen la puesta en marcha y funcionamiento de OTCs de nueva creación o la adecuación de oficinas existentes en OTCs, y que lleven a cabo cómo mínimo dos de las siguientes tipologías de actuaciones: 

  • Difusión.
  • Acompañamiento.
  • Asesoramiento.

Para más información sobre los proyectos financiables y los costes subvencionables, consulta el artículo 8 y el artículo 9 de las bases reguladoras. 

Cuantías de las ayudas

  • Importe total de la convocatoria: 20.000.000€.
  • Inversión mínima por proyecto: 100.000 €
  • Importes máximos de la ayuda, según beneficiarios:
    • Ayuntamientos: 260.000€
  • Cabildos Insulares: 560.000€
  • Entidades públicas dependientes o vinculadas a las Entidades locales territoriales, siempre que no desarrollen actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado: Aquella de la entidad local territorial a la que esté vinculada o de la que dependa. 
  • Comunidades Autónomas, entidades públicas dependientes o vinculadas a las mismas y Sector público institucional de la Administración General del Estado, siempre que no desarrollen actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado: 890.000 €
  • Cualquier persona jurídica de naturaleza privada o pública que desarrolle actividad económica, por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado: Según régimen de mínimis.
  • Personas jurídicas de naturaleza privada que no desarrollen actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, y cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida: 410.000€

Para más información sobre las cuantías de las ayudas, consulta la disposición novena de la convocatoria. 

Plazo y presentación de solicitud 

Desde el 28 de noviembre hasta las 14:00 del 23 de enero del 2022, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente, a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica del IDAE, al cual puede acceder pinchando aquí.

NOTA: Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites. Para más información sobre cómo presentar las solicitudes, consulte la Guía de usuarios para la presentación de expedientes, puesto a disposición por el IDAE en su sede electrónica, y el cual puede descargar pinchando aquí.

Para más información sobre el plazo y la presentación de solicitudes, consulta la disposición undécima de la convocatoria. 

Documentación a presentar para la solicitud

Documentación de carácter general:

  • Formulario de solicitud debidamente cumplimentado, a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica del IDAE, al cual puede acceder pinchando aquí.
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí.  
  • Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí.  
  • Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí
  • Declaración responsable DNSH, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí
  • Declaración responsable que acredite la publicación de los materiales creados para actuaciones de difusión, asesoramiento, acompañamiento y formación, así como, si aplica, estudios estratégicos elaborados, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí.
  • Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI),  conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí
  • Plan de trabajo consolidado, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí. Documento adicional “Ámbito territorial y material de actuación”, el cual puede descargar pinchando aquí

En el caso de no presentar consentimiento para la consulta, presentar:

  • Copia del NIF del solicitante y, en su caso, de la persona que le represente. 
  • Certificados de hallarse al corriente frente a las obligaciones tributarias. 
  • Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la seguridad social. 

Documentación adicional según solicitante:

En el caso de Entidades públicas vinculadas o dependientes a una entidad local territorial o a una comunidad autónoma, personas jurídicas de naturaleza privada y el sector público institucional de la Administración General del Estado, las cuales no realicen actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado: 

  • Certificado de situación censal de la agencia tributaria.
  • Memoria económica de las últimas cuentas anuales aprobadas. 

En el caso de Administraciones Públicas así como a los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquéllas:

  • Declaración de cumplimiento de OT y SS, conforme al modelo establecido por el IDAE, el cual puede descargar pinchando aquí.

En el caso de personas jurídicas públicas:

  • Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano de gobierno o de representación competente de la entidad solicitante en el que, de forma expresa, se aprueben: 
  • La participación y aceptación expresa del procedimiento regulado por esta orden.
  • Certificado de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. 

En el caso de personas jurídicas privadas:

  • Copia de escrituras de constitución y estatutos actualizados, convenientemente registrados en el registro público que corresponda.
  • Poder de representación del firmante de la proposición.
  • Certificado de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. 

Documentación opcional, según el caso: 

Puede consultar la documentación opcional en el documento  “Checklist documentación aportada OTC.” facilitado por el IDAE, que puede descargar pinchando aquí

Para más información sobre la documentación a presentar para la solicitud, consulta el artículo 13 de las bases reguladoras. 

Documentos de interés

Accede a información más detallada a través de los siguientes enlaces:

Más información

Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a:  soporteinformatico.OTC@idae.es

Para consultas sobre las Bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a solicitudes.OTC@idae.es

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales:

  • Formulario de contacto.
  • Correo electrónico: ciudadano@idae.es 
  • Telefónica: +34 913 146 673 en horario de 9 h. a 14 h. de lunes a viernes.