Oficinas Verdes Canarias

Buscar servicios, información, noticias, etc.

Facilitamos la transición ecológica

Plan de Recuperación de Canarias

Convocatoria rehabilitación residencial y vivienda social

Convocatoria de subvenciones de determinados programas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social, del Instituto Canario de la Vivienda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de cualquier bien inmueble, ya sea una vivienda, un garaje, un local o un terreno, deben pagar anualmente a su Ayuntamiento.

Pincha para conocer más información sobre cada uno de los programas de actuaciones de esta convocatoria.


Actuaciones de rehabilitación energética de edificios (P3)

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia no competitiva, obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.

Entidades y personas beneficiarias

  • Propietarios/as o usufructuarios/as de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
  • Sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
  • Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.

Para más información sobre las personas y entidades beneficiarias, consulta el artículo decimosegundo de la convocatoria. 

Actuaciones y costes subvencionables

  • Actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda. Consulta el aquí las especificidades de dichas actuaciones.

Podrán incluirse los siguientes costes, siempre que todos ellos estén debidamente justificados:

  • Costes de gestión inherentes al desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados
  • Honorarios de los profesionales intervinientes.
  • El coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
  • Los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados con el límite que corresponda. 
  • El IGIC o el impuesto indirecto equivalente, siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

Para más información sobre las actuaciones y costes subvencionables, consulta el apartado 4 y apartado 5  del artículo decimosegundo de la convocatoria, y para conocer los requisitos de los edificios objeto de las actuaciones consulta el apartado 3, de este mismo artículo.

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total asignado al programa: 5.000.000€.
  • Importe máximo a subvencionar: se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar, según los criterios de fijación de cuantías establecidos en el apartado 5 del artículo decimosegundo.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 15 de septiembre 2022 hasta el 14 de diciembre 2023, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, a través del procedimiento 7249, al cual puede acceder pinchando aquí.
  • Presencialmente, en cualquiera de las Oficinas de Registro del Gobierno de Canarias (cuyas direcciones puede consultar aquí), así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta el artículo séptimo de la convocatoria. 

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud, a través de la sede electrónica a la cual puedes acceder pinchando aquí, o descargarlo a través de este enlace para la presentación presencial. 
  • Alta a terceros en el en el Sistema de información económico- financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias. Puede solicitar el alta o la modificación de la misma, según el caso, accediendo a través de este enlace. En caso de figurar dados de alta en el Sistema de información económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, deberán indicarlo en la solicitud.
  • Datos del edificio o edificios a rehabilitar donde se incluyan los domicilios y las referencias catastrales de cada una de las viviendas y locales.
  • Número de viviendas y, en su caso, locales del edificio a rehabilitar con indicación de su superficie construida, y número de alturas incluida la planta baja.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según anexo V. 
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según anexo VI.

En su caso:

  • Copia del acta o certificado de la persona secretaria o administradora con el acuerdo de la comunidad, de las comunidades de personas propietarias debidamente agrupadas, o de la asamblea de la cooperativa, por el que se aprueba la ejecución de las obras de rehabilitación objeto de las ayudas. 
  • Copia del acta o certificado de la persona secretaria o administradora, donde conste el nombramiento de la persona representante autorizada para solicitar la subvención.
  • Acuerdo del destinatario último de las ayudas que faculte y autorice al agente o gestor de la rehabilitación.

En el caso de actuar a través de un/a representante:

  • Documento acreditativo de la identidad del/la representante.
  • Documentación acreditativa de las facultades del/la representación, conforme a la normativa específica de aplicación.

En caso de personas físicas (autónomas) y jurídicas que realicen actividades económicas:

En el caso de personas jurídicas*:

  • Escrituras de constitución o declaración expresa en su solicitud que se encuentran debidamente constituidas.

En el caso de entidades sin personalidad jurídica (con excepción de las comunidades de propietarios/as)*:

  • Deberán hacer constar expresamente en la solicitud, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.

*En cualquier caso, debe nombrarse persona representante o apoderado/a único/a de la agrupación con poderes suficientes.

En el caso de que la solicitante sea una persona física que no conste como titular catastral:

  • Escritura pública, certificado, nota simple registral o cualquier otro documento que acredite la titularidad de la propiedad o del derecho de usufructo del inmueble. 

En caso de que el bien inmueble objeto de la solicitud sea propiedad de más de una persona física o una entidad que carezca de personalidad jurídica:

  • Acuerdo de consentimiento firmado por todos los propietarios, con indicación de la composición de la propiedad y porcentaje de participación.

Si en el formulario te opones a la consulta de datos por parte de la Administración competente, debes presentar: 

  • Escritura de propiedad que acredite la titularidad real del bien objeto de intervención, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

2. Documentación técnica

  • Proyecto o memoria justificativa de la actuación a realizar, los cuales deberán:

  • Contar con la conformidad del/la destinatario/a último/a. 
  • Incluir el ahorro de consumo de energía primaria no renovable estimado con respecto a la situación inicial, la inversión subvencionable y la cuantía de la ayuda solicitada. 
  • En el caso de la memoria descriptiva deberá estar suscrita por un/a técnico/a competente y contener descripción, presupuesto desglosado por ámbitos de actuación y planos.
  • En el caso del proyecto un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero.
  • Certificado de Eficiencia Energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por un/a técnico/a competente y registrado en el registro del órgano competente de la Comunidad Autónoma  o solicitud del registro.
  • Certificado de Eficiencia Energética obtenido considerando realizadas las actuaciones previstas en el proyecto, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el certificado previo a la intervención, suscrito por técnico competente, en el que se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de la ayuda.
  • Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IGIC o el impuesto indirecto equivalente desglosado correspondiente y su aceptación expresa por parte de la comunidad de propietarios. En la hoja resumen por capítulos deberá constar la firma y sello de la empresa, su NIF, y la fecha.
  • Solicitud y/o licencia urbanística cuando sea precisa, o autorización municipal análoga. Si las obras están iniciadas, certificado del inicio de las obras firmado por técnico/a titulado/a competente o acta de replanteo, firmada y fechada por la persona directora de la obra empresa constructora y con el visto bueno de la propiedad.
  • Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de todas aquellas zonas que se vayan a ver afectadas por las actuaciones de rehabilitación, así como de la fachada principal del edificio.

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta el artículo octavo y el artículo 6 del artículo decimosegundo de la convocatoria.  

Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4)

Objeto

Subvencionar, en régimen de concurrencia no competitiva,   actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.

Entidades y personas beneficiarias

  • Propietarios/as, usufructuarios/as o arrendatarios/as de viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles. 

NOTA: Las viviendas para las que se solicité  financiación de este programa han de constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios/as, usufructuarios/as o arrendatarios/as en el momento de solicitar la ayuda. Dicha circunstancia se acreditará mediante certificación o volante de empadronamiento (apartado 3 del artículo decimotercero de la convocatoria). 

Para más información sobre las personas y entidades beneficiarias, consulta el apartado 2 del artículo decimotercero de la convocatoria.

Actuaciones y costes subvencionables

  • Actuaciones que se realicen en viviendas y en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
  • Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1 del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.

Podrán incluirse los siguientes costes, siempre que todos ellos estén debidamente justificados:

  • Honorarios de los profesionales intervinientes.
  • El coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
  • Los gastos derivados de la tramitación administrativa.
  • Otros gastos generales similares. 
  • El IGIC o el impuesto indirecto equivalente, siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

Para más información sobre las actuaciones subvencionables, consulta el apartado 4 del artículo decimotercero de la convocatoria.

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total asignado al programa: 2.000.000€.
  • Importe máximo a subvencionar: 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros.
  • Coste mínimo de la actuación: igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

Para más información sobre las cuantías de las ayudas, consulta el apartado 5 del artículo decimotercero de la convocatoria. 

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 15 de septiembre 2022 hasta el 14 de septiembre 2023, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, a través del procedimiento 7250, al cual puede acceder pinchando aquí.
  • Presencialmente, en cualquiera de las Oficinas de Registro del Gobierno de Canarias (cuyas direcciones puede consultar aquí), así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta el artículo séptimo de la convocatoria.

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud: a través de la sede electrónica a la cual puedes acceder pinchando aquí, o descargarlo a través de este enlace para la presentación presencial. 
  • Alta a terceros, en el en el Sistema de información económico- financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias. Puede solicitar el alta o la modificación de la misma, según el caso, accediendo a través de este enlace. En caso de figurar dado de alta en el Sistema de información económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, deberá indicarlo en la solicitud.
  • Certificado o volante de empadronamiento de las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias.
  • Datos de la vivienda donde se realizan las actuaciones de mejora: domicilio y referencia catastral.
  • Número de viviendas y, en su caso, locales del edificio a rehabilitar con indicación de su superficie construida, y número de alturas incluida la planta baja.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según anexo V. 
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según anexo VI.

En su caso:

  • Acuerdo de la persona destinataria última de las ayudas que faculte y autorice a la persona agente o gestora de la rehabilitación.

En el caso de actuar a través de un/a representante:

  • Documento acreditativo de la identidad del/la representante.
  • Documentación acreditativa de las facultades del/la representación, conforme a la normativa específica de aplicación.

En el caso de personas jurídicas*:

  • Escrituras de constitución o declaración expresa en su solicitud que se encuentran debidamente constituidas.

En el caso de entidades sin personalidad jurídica (con excepción de las comunidades de propietarios/as)*:

  • Deberán hacer constar expresamente en la solicitud, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos. 

*En cualquier caso, debe nombrarse persona representante o apoderado/a único/a de la agrupación con poderes suficientes.

En el caso de que la solicitante sea una persona física que no conste como titular catastral:

  • Escritura pública, certificado, nota simple registral o cualquier otro documento que acredite la titularidad de la propiedad o del derecho de usufructo del inmueble.  

En caso de que la persona solicitante sea la persona arrendataria de la vivienda objeto de esta solicitud de ayuda:

  • Contrato de alquiler vigente y acuerdo suscrito con la persona propietaria de la vivienda, en el que ésta, manifieste que conoce el alcance de las obras a realizar y autoriza a la persona inquilina a la ejecución de las mismas.

Si en el formulario te opones a la consulta de datos por parte de la Administración competente, debes presentar: 

  • Escritura de propiedad que acredite la titularidad real del bien objeto de intervención, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

2. Documentación técnica

  • Proyecto o memoria justificativa de la actuación a realizar, los cuales deberán:
  • Contar con la conformidad de la persona destinataria última. 
  • En el caso de la memoria descriptiva deberá contener como mínimo descripción, presupuesto desglosado, planos y cuantía de la ayuda solicitada.
  • Certificado de Eficiencia Energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por un/a técnico/a competente y registrado en el registro del órgano competente de la Comunidad Autónoma  o solicitud del registro. 
  • Certificado de Eficiencia Energética obtenido considerando realizadas las actuaciones previstas en el proyecto, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el certificado previo a la intervención, suscrito por un/a técnico/a competente, en el que se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de la ayuda.
  • Solicitud de licencia o comunicación previa, según proceda. Si las obras están iniciadas, licencia urbanística o, en el caso de comunicación previa, incluirá una declaración responsable de que no fue requerido por el ayuntamiento para su subsanación.
  • Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de los elementos objeto de ayuda antes de la actuación.

En su caso: 

  • Certificado de la instalación térmica, suscrito por el director/a de la instalación o instalador/a autorizado/a, registrado en el órgano competente de la Comunidad Autónoma de acuerdo con el RITE.

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta el artículo octavo y el apartado 6 del artículo decimotercero de la convocatoria.

Elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5)

Objeto 

Subvencionar, en régimen de concurrencia no competitiva, la implantación y generalización del Libro de edificio existente para la rehabilitación, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios de acuerdo con los límites establecidos, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, que permita cumplir los objetivos europeos e impulse la actividad de este sector de actividad en el medio y largo plazo.

Para más información sobre el objeto, consulta el apartado 1 del artículo decimocuarto de la convocatoria.

Entidades y personas beneficiarias

  • Propietarios/as o usufructuarios/as de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
  • Propietarios/as que, de forma agrupada, sean propietarios/as de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

Para más información sobre las entidades y personas beneficiarias, consulta el apartado 2 del artículo decimocuarto de la convocatoria.

Actuaciones subvencionables

  • La implantación y generalización del Libro de edificio existente para la rehabilitación, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios.  

Para conocer la especificidades de dichas actuaciones, consulta el apartado 3 del artículo decimocuarto de la convocatoria.

Cuantías de la convocatoria

  • Importe total asignado al programa: 640.000€.
  • Cuantía máxima según actuación:
  • Libros del Edificio existente para la rehabilitación (*Si no se dispone de la Inspección Técnica del Edificio, del Informe de Evaluación del Edificio o documento análogo, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50%.):
  • En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700€, más una cantidad de 60€ por vivienda.
  • En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100€, más una cantidad de 40€ por vivienda, hasta un máximo de 3.500€.
  • Proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios:
  • En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000€, más una cantidad de 700€ por vivienda.
  • En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000€, más una cantidad de 300€ por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 30.000€.

NOTA: La cuantía de la ayuda no podrá superar en ningún caso el coste total, excluidos los impuestos. No obstante, el IGIC o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

Para más información sobre la cuantía de la convocatoria, consulta el apartado 4 del artículo decimocuarto de la convocatoria.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Desde el 15 de septiembre 2022 hasta el 14 de septiembre 2023, pudiendo presentarla:

  • Telemáticamente en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, a través del procedimiento 7251, al cual puede acceder pinchando aquí.
  • Presencialmente, en cualquiera de las Oficinas de Registro del Gobierno de Canarias (cuyas direcciones puede consultar aquí), así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información sobre la forma y plazo de presentación, consulta el artículo séptimo de la convocatoria. 

Documentación a presentar para la solicitud

  • Formulario de solicitud: a través de la sede electrónica a la cual puedes acceder pinchando aquí, o descargarlo a través de este enlace para la presentación presencial. 
  • Alta a terceros, en el en el Sistema de información económico- financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias. Puede solicitar el alta o la modificación de la misma, según el caso, accediendo a través de este enlace. En caso de figurar dado de alta en el Sistema de información económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, deberá indicarlo en la solicitud.
  • Datos  del edificio o edificios objeto del Libro o del proyecto, según corresponda, domicilios y referencias catastrales. 
  • Número de viviendas y, en su caso, locales del edificio a rehabilitar con indicación de su superficie construida, y número de alturas incluida la planta baja.
  • Acreditación de que el edificio ha sido finalizado antes del año 2000 y que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según anexo V. 
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según anexo VI.

En su caso:

  • Acuerdo de la persona destinataria última de las ayudas que faculte y autorice a la persona agente o gestora de la rehabilitación.
  • Copia del acta o certificado de la persona secretaria o administradora con el acuerdo de la comunidad, de las comunidades de personas propietarias debidamente agrupadas, o de la asamblea de la cooperativa, la realización del Libro de Edificio existente para la rehabilitación o del proyecto técnico de rehabilitación integral del edificio, según corresponda, objeto de las ayudas.
  • Copia del acta o certificado de la persona secretaria o administradora, donde conste el nombramiento de la persona representante autorizada para solicitar la subvención.

En el caso de actuar a través de un/a representante:

  • Documento acreditativo de la identidad del/la representante.
  • Documentación acreditativa de las facultades del/la representación, conforme a la normativa específica de aplicación.

En el caso de personas jurídicas*:

  • Escrituras de constitución o declaración expresa en su solicitud que se encuentran debidamente constituidas.

En el caso de entidades sin personalidad jurídica (con excepción de las comunidades de propietarios/as)*:

  • Deberán hacer constar expresamente en la solicitud, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.

*En cualquier caso, debe nombrarse persona representante o apoderado/a único/a de la agrupación con poderes suficientes.

En el caso de que la solicitante sea una persona física que no conste como titular catastral:

  • Escritura pública, certificado, nota simple registral o cualquier otro documento que acredite la titularidad de la propiedad o del derecho de usufructo del inmueble.  

En caso de que el bien inmueble objeto de esta solicitud sea propiedad de más de una persona física o sea una entidad que carezca de personalidad jurídica propia:

  • Acuerdo de consentimiento firmado por todas las personas propietarias, con indicación de la composición de la propiedad y porcentaje de participación.  

En caso de que el bien inmueble objeto de la solicitud sea propiedad de más de una persona física o una entidad que carezca de personalidad jurídica:

  • Acuerdo de consentimiento firmado por todos/as los/as propietarios/as, con indicación de la composición de la propiedad y porcentaje de participación.

Si en el formulario te opones a la consulta de datos por parte de la Administración competente, debes presentar: 

  • Escritura de propiedad que acredite la titularidad real del bien objeto de intervención, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

2. Documentación técnica

  • Libro del edificio existente, proyecto técnico de rehabilitación integral del edificio o memoria justificativa de la actuación a realizar:
  • En el caso de proyecto técnico de rehabilitación integral del edificio, se incluirá el ahorro de consumo de energía primaria no renovable estimado con respecto a la situación inicial, la inversión subvencionable y la cuantía de la ayuda solicitada.
  • En el caso de la memoria descriptiva deberá contener como mínimo descripción, presupuesto desglosado por ámbitos de actuación, planos y el ahorro de consumo de energía primaria no renovable estimado con respecto a la situación inicial, la inversión subvencionable y la cuantía de la ayuda solicitada.
  • Certificado de Eficiencia Energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por un/a técnico/a competente y registrado en el registro del órgano competente de la Comunidad Autónoma  o solicitud del registro. 

En el caso de proyectos técnicos de rehabilitación integral del edificio:

  • Certificado de Eficiencia Energética del proyecto, incluyendo las actuaciones contempladas en el mismo, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el certificado de Eficiencia Energética del edificio existente en su estado actual, suscrito por un/a técnico/a competente. 
  • Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de todas aquellas zonas que se vayan a ver afectadas por el mismo, así como de la fachada principal del edificio.

Para más información sobre la documentación a presentar, consulta el artículo octavo y el apartado 5 del artículo decimocuarto de la convocatoria. 

Más información

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Para cualquier duda o aclaración sobre las bases de la convocatoria o tramitación de las solicitudes, consulte aquí los datos de contacto.